Bueno, como puse en el tema de Arggh (creo) he empezado a trabajar como azafata para la archiconocida cafatera del Clooney (si, pertenece a mi odiada Nestle, pero es lo que hay). El caso es que al principio pretendieron que trabajase 11 horas los sabados, hice uno y por fin se cambió el horario a 8 h ese día. Como herramienta me dieron una tablet en la que hay un programita para marcar la hora de entrada, la de salida y hacer el pedido de material. Hasta Ahí bien, el caso es que dicen que tengo que andar con la tablet en cima siempre, vamos, fuera del trabajo, por si tienen que llamarme o cualquier cosa. La tablet tiene un localizador y viendo en registro de llamada he visto alguna de las 11 y media de la noche. Además i le pasa algo a la tablet soy yo la que tiene que pagar 725 euros, porque se supone que soy la responsable de ella.
1: Se puede trabajar legalmente 11 horas un día? Eso no lo pagan ni como horas extra ni nada de eso. ¿Se puede tener asegurado 11h a un trabajador?
2: ¿Es normal que me hagan obligatoriamente responsable de un aparato que las otras azafatas no tienen, haciendo la mismas funciones que yo, por lo tanto no es imprescindible para el trabajo?
3: Es normal que me puedan tener localizada las 24 horas del día, cuando hay días en los que solo trabajo 3 horas?
A todo esto, he recibido hoy el contrato en el que no pone nada de la tablet y un papel aparte, que se supone que es una clausula en el que se habla de lo de la tablet, por lo tanto, al no venir en el mismo papel del contrato yo no sé si eso será legal.
Pues ale, voy a dar cafés, cuando vuelva a ver que pensais vosotros de esto.