PDA

Ver la versión completa : Tenerife dice adiós a su plaza de toros



Dreidel
13-jun-2008, 08:47
http://www.canarias7.es/articulo.cfm?id=99605

Santa Cruz de Tenerife dirá adiós en unos pocos años a su emblemática plaza de toros. El Ayuntamiento capitalino y los propietarios del recinto taurino han alcanzado un acuerdo y en menos de un mes se conocerán las propuestas de varios arquitectos para urbanizar la manzana que ahora ocupa en pleno centro de la ciudad.

http://www.canarias7.es/fotos/o/0806/99605-1p.jpg

margaly
13-jun-2008, 09:04
http://smilies-gifs.com/alegria/2alegria.gif http://smilies-gifs.com/fiesta/19fiesta.gif http://smilies-gifs.com/alegria/15alegria.gif http://smilies-gifs.com/alegria/7alegria.gif http://smilies-gifs.com/alegria/6alegria.gif http://smilies-gifs.com/fiesta/3fiesta.gif

sujal
13-jun-2008, 09:09
¿Pero es por terminar con un espectáculo cruel o por "necesidades" inmobiliarias? ¿No tienen planeado construir otra más bonita a las afueras con centro comercial y aparcamientos (caso Guadalajara)?

:cool: :cool: :cool:

extrema__pobreza
13-jun-2008, 09:09
oisss pobresss....... JAJAJAJAJ

Dreidel
13-jun-2008, 09:13
No lo sé sujal, la verdad es que por lo visto la plaza estaba en estado de ruina desde hace un tiempo ya...pero esperemos que ningún empresario piense que le va a ser rentable construir otra plaza de toros y ya está.

Galois
13-jun-2008, 09:26
Las corridas de toros están prohibidas en las islas canarias desde 1991:

LEY 8/1991, de 30 de abril, de protección de los animales (http://www.gobiernodecanarias.org/boc/1991/062/001.html)

sujal
13-jun-2008, 09:43
Entonces me sumo a las muestras de alegría.


http://smilies-gifs.com/alegria/2alegria.gif http://smilies-gifs.com/fiesta/19fiesta.gif http://smilies-gifs.com/alegria/15alegria.gif http://smilies-gifs.com/alegria/7alegria.gif http://smilies-gifs.com/alegria/6alegria.gif http://smilies-gifs.com/fiesta/3fiesta.gif

Gracias Galois.
He estado ojeando la Ley, pero no encuentro nada referente en concreto a las corridas de toros, sí a la regulación de las peleas de gallos. Entiendo que por omisión se las encuadra dentro de los espectáculos que llevan consigo maltrato animal. ¿Sabes si es así?

arrels
13-jun-2008, 09:46
http://smilies-gifs.com/alegria/2alegria.gif http://smilies-gifs.com/fiesta/19fiesta.gif http://smilies-gifs.com/alegria/15alegria.gif http://smilies-gifs.com/alegria/7alegria.gif http://smilies-gifs.com/alegria/6alegria.gif http://smilies-gifs.com/fiesta/3fiesta.gif
también me uno :p

Búnibo
13-jun-2008, 09:52
http://smilies-gifs.com/alegria/2alegria.gif http://smilies-gifs.com/fiesta/19fiesta.gif http://smilies-gifs.com/alegria/15alegria.gif http://smilies-gifs.com/alegria/7alegria.gif http://smilies-gifs.com/alegria/6alegria.gif http://smilies-gifs.com/fiesta/3fiesta.gif

alegría,alegría,alegría.....Yo creo que también seria rentable montar un centro comercial en Las Ventas ¿no?

paulveg
13-jun-2008, 10:09
http://smilies-gifs.com/alegria/2alegria.gif http://smilies-gifs.com/fiesta/19fiesta.gif http://smilies-gifs.com/alegria/15alegria.gif http://smilies-gifs.com/alegria/7alegria.gif http://smilies-gifs.com/alegria/6alegria.gif http://smilies-gifs.com/fiesta/3fiesta.gif


Aunque la mejor noticia es lo de que las corridas de toros esten prohibidas, ni lo sabia!!

KuErTy
13-jun-2008, 10:46
http://smilies-gifs.com/alegria/2alegria.gif http://smilies-gifs.com/fiesta/19fiesta.gif http://smilies-gifs.com/alegria/15alegria.gif http://smilies-gifs.com/alegria/7alegria.gif http://smilies-gifs.com/alegria/6alegria.gif http://smilies-gifs.com/fiesta/3fiesta.gif
margaly, nos has leído la mente a todos, jejeje :p

Gata
13-jun-2008, 10:54
¡¡¡VIVA!!!!

Loba
13-jun-2008, 11:35
Ah, q bueno, pues mira, casi todas las plazas de las capitales x lo menos tienen una situación céntrica, con los problemas de suelo q hay podrían planteárselo...

Yo me llevo haciendo la misma pregunta q Sujal desde hace mucho tiempo: ¿¿por qué prohibieron las corridas en las Islas?? Si una simple ley ha podido hacerlo allí, ¿por qué no en la península? :confused:

Dreidel
13-jun-2008, 12:19
¿En Barcelona las prohibieron durante un tiempo o recuerdo mal?

Loba, está claro que no se extiende esa ley por el dinero, como siempre :(

adicte
13-jun-2008, 12:25
http://smilies-gifs.com/alegria/2alegria.gif http://smilies-gifs.com/fiesta/19fiesta.gif http://smilies-gifs.com/alegria/15alegria.gif http://smilies-gifs.com/alegria/7alegria.gif http://smilies-gifs.com/alegria/6alegria.gif http://smilies-gifs.com/fiesta/3fiesta.gif


:D :D :D :D

aaaxxx
13-jun-2008, 12:28
barcelona se declaró autitaurina durante el fórum de las culturas, y no veas el revuelo que se armó. como siempre que catalunya mueve un dedo. sin embargo en otras comunidades se toman medidas iguales o similares y no se entera ni dios, como pasa con los estatutos de autonomía y demás. jaja

Galois
13-jun-2008, 12:28
Gracias Galois.
He estado ojeando la Ley, pero no encuentro nada referente en concreto a las corridas de toros, sí a la regulación de las peleas de gallos. Entiendo que por omisión se las encuadra dentro de los espectáculos que llevan consigo maltrato animal. ¿Sabes si es así?

Habla del maltrato a los animales y no dice nada explícitamente de la exclusión que a esta prohibición se aplica a los espectáculos taurinos, o algún subterfugio del estilo "espectáculos públicos con permiso de las autoridades" ni cosas similares en las que se pueda incluir la tauromaquia tal y como sí aparece en la siguiente disposición:

Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. Esta Ley se aplicará a los animales vertebrados de
producción o que se utilicen para experimentación y otros
fines científicos.
2. Esta Ley no se aplicará a:
a) La caza y la pesca.
b) La fauna silvestre, incluida aquella existente en
los parques zoológicos que se regulan por la Ley 31/2003,
de 27 de octubre, de conservación de la fauna silvestre en
los parques zoológicos, sin perjuicio de lo previsto en el
artículo 14.1.f) de esta Ley.
c) Los espectáculos taurinos previstos en los artículos
2 y 10 de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades
administrativas en materia de espectáculos taurinos, y las
competiciones deportivas regladas incluidas las actuaciones
precisas para el control del dopaje de los animales.

LEY 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado
de los animales, en su explotación, transporte,
experimentación y sacrificio. (http://www.boe.es/boe/dias/2007/11/08/pdfs/A45914-45920.pdf)

Así pues como no dice nada de que las corridas estén exentas, no están permitidas.

sujal
13-jun-2008, 13:22
Bien, entonces nos quedamos con la Ley 8/1991 que por omisión parece más adecuada:

Especialmente indeseable es la posibilidad legal de hacer negocio lucrativo de espectáculos basados fundamentalmente en el maltrato, sufrimiento y muerte de animales. Por ello, algunas tradiciones arraigadas en zonas de las islas que involucran tales espectáculos, como son las peleas de gallos, si bien pueden argüirse en su defensa los aspectos tradicionales y aun culturales, es evidente que son tradiciones cruentas e impropias de una sociedad moderna y evolucionada. Por ello, esta Ley propicia su desaparición natural, mediante mecanismos normativos que impiden su expansión, prohibiendo el fomento de estos espectáculos por las Administraciones Públicas, no autorizando nuevas instalaciones, y, especialmente, no favoreciendo la transmisión de estas aficiones a las nuevas generaciones mediante la exigencia de que se desarrolle en locales cerrados y prohibiendo su acceso a los menores de dieciséis años.

Sin embargo convendría saber si la aprobada en el 2007 (de aplicación en todas las comunidades) interfiere de alguna manera sobre lo no reflejado en aquella (que es de ámbito comunitario), es decir, si la excepción hecha para los espectáculos taurinos se tiene que tener en cuenta en la ley del 91.

¿Qué entendéis aquí?:

Mediante esta Ley se establece, en acatamiento del
mandato comunitario, un conjunto de principios sobre el
cuidado de los animales y el cuadro de infracciones y sanciones (...)

(...) Esta Ley también estipula las bases del régimen sancionador.
Con ello se logra establecer un común denominador
normativo en el cual las Comunidades Autónomas
ejerzan sus competencias. Ese común denominador
garantiza la uniformidad necesaria para la operatividad de la normativa aplicable y asegura una proporcionalidad
mínima en las sanciones.

Galois
13-jun-2008, 14:04
Lo que yo entiendo es que la legislación a nivel estatal es el punto de referencia a partir del cual las comunidades autónomas deben legislar. Es decir, las comunidades autónomas pueden establecer mayores restricciones pero no mayor laxitud que la estatal, lo cual incurriría en una clara contradicción legislativa.

Saludos.

Kolovrat
13-jun-2008, 16:51
me alegro mucho!!
a ver si el resto de ciudades toman ejemplo

erfoud
13-jun-2008, 18:17
Una gran noticia. Ahora sólo falta que empiecen a tenerles respeto a las Sras, las vacas...

sujal
14-jun-2008, 08:24
Lo que yo entiendo es que la legislación a nivel estatal es el punto de referencia a partir del cual las comunidades autónomas deben legislar. Es decir, las comunidades autónomas pueden establecer mayores restricciones pero no mayor laxitud que la estatal, lo cual incurriría en una clara contradicción legislativa.

Saludos.

Gracias Galois, ya me ha quedado claro.:)

Libertà!
15-jun-2008, 22:19
En Canarias no se dan las corridas de toros, por lo menos desde que tengo uso de razón nunca hubo, y tengo 28 años...
Antes se celebraban campeonatos de lucha canaria, se hacían conciertos e incluso un tiempo la pusieron como pista de patinaje.
Me alegro mucho de que la quiten, aunque para la gente de aquí no tenga ese significado, sólo por el nombre que tiene me pone muy felíz que la quiten.