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Tema: Las falsas denuncias de maltrato y abusos sexuales

  1. #291
    Cuestión de fondo Avatar de Snickers
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    Tampoco lo creo. Para negarte la posibilidad de debatir en el hilo de vegetas feministas a cerca de cómo esa ley puede perjudicar a los hombres las moderadoras hubieran tenido que empezar a mover mensajes hace tiempo. Eso no ocurrió. Siguen ahí todos los que escribiste antes de que hubiera un tema dedicado a esas cuestiones exclusivamente. En el foro se juntan hilos y se mueven mensajes a menudo, por el bienestar común entiendo, en este sentido yo no pedí nada, a lo sumo hice una propuesta.
    Yo no he dicho q se haya negado eso en el pasado, he dicho q el traslado ha sido actualmente, algo q es evidente.

    No son lo mismo los post sobre denuncias falsas q los post sobre una ley injusta, q entre cosas favorece las denuncias falsas, aunq haya quienes lo quieran confundir.

    ¿Si no se puede hablar sobre esa ley en ese hilo? ¿Que razón dan?

    Si hay q dejar la opinión sobre esa ley en este hilo, de nuevo la dejo, ya q de nuevo es noticia.

    No se debería de hacer pagar a justos por pecadores, y no se debería de hacer oídos sordos a ese dolor generado a muchos hombres inocentes y pensar q eso no es servir un arma de guerra contra ellos, contra todos.


    Por la citada ley los denunciados pasan al calabozo unos días (de diligencias) y luego se les aplica medidas preventivas. Por ello, se quedan sin casa, para empezar, y sin poder ver a sus hijos, ya q hasta q un juez les deje ellos están con medidas de alejamiento del hogar y de la mujer. Pero detrás, además, hay cuestiones políticas muy graves.

    Es una ley integral, por lo q está rodeada de varios criterios:


    • Consideración de q todas las agresiones dométicas de un hombre a una mujer son agresiones por motivos de género, pq son mujeres. Esto hace q las penas al hombre sean mayores por el mismo asunto, de hacer la agresión una mujer a un hombre.
    • Protocolo de actuación de la policia en el cual la denunciante es ya víctima y por tanto el denunciado es agresor (lo cual es saltarse la presunción de inocencia). No es un protocolo normal de "denunciante-denunciado", es una medida excepcional cuando las muertes no son una pandemia, ya q 70 mujeres de entre millones es un porcentaje q no supone tal pandemia.
    • Justificación de esas medidas argumentado q el hombre forma parte del machismo imperate y la mujer es víctima y su palabra es suficiente.
    • Medidas cautelares q se toman sin dejar q el denunciado se acoja al habeas corpus y por tanto el juez se posicione cuanto antes, y así ellos se puedan defender.
    • No investigación por parte de los juzgados (q son especiales para la mujer, y q lo tienen q hacer de oficio) de las denuncias q no acaban en condena (más del 80 %), por si acaso han sido una aprovechamiento torticero de la ley para acogerse a los beneficios y las subvenciones de ésta (en ocasiones mínimo 300 euros por supuesta maltratada, etc).
    • Años de sufrimiento para hombres absueltos, q a pesar de ello siguen con el estigma, puesto q siguen sin ser considerados inocentes ya q se entiende q han sido sentenciados como No culpables debido a falta de pruebas.


    Esta ley no favorece la igualdad, favore la trampa. ¿O es q se creen q no puede haber miles de mujeres aprovechando ese arma para quedarse con el piso y la custodia, cuando además suele ser recomendado por muchos abogados?


    Última edición por Snickers; 11-abr-2015 a las 22:14
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  2. #292
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    No tendría que entrar en este hilo, pero en fin.

    No, no tiene nada que ver las denuncias falsas con el feminismo. Es una manera de restarle importancia a la violencia de género, a las agresiones machistas. Ya que cuando las personas (generalmente hombres) empiezan a argumentar que hay muchas denuncias falsas y que todos los casos de maltrato no lo son por violencia de género, en realidad lo que hacen/pretenden es minimizar el machismo, dejarlo en una mera anécdota, en "cosas que han ocurrido puntualmente, porque esta sociedad en realidad no es machista y no transmiten esos valores"

    Yo no digo que no existan denuncias falsas, y me parece muy triste. Pero es que parece que las mujeres nos dediquemos a poner denuncias falsas como una afición, que sólo por tener la subvención ya no nos importe nada más. Y es que ya se sabe, las mujeres somos malas.
    Y aunque se "colen" denuncias falsas también creo que habrá maneras de saber, que no voy yo acuso a mi pareja y ya está, ya consigo que lo metan en la carcel, las ayudas...


    Hace un tiempo estuve en un curso donde había mujeres por malos tratos y las oí hablar en primera persona, y no, no les bastó con ir un día y ya está, ya tienen la vida solucionada. Una, después de aguantar años de maltrato y denunciar, su marido ya cumplió condena y se le acabará dentro de poco la ayuda y la orden de alejamiento. Su exmarido todavía les ronda y la insulta, pero se supone que ya ha cumplido la condena y ya está rehabilitado. Si todavía con la orden le ronda, esperad a que ya no la tenga. Eso no es vida.

    Otra los sufría todavía en ese momento, no se separaba, si tan fácil es porque no va denuncia y ya está, total, las mujeres se ve que hacemos eso constantemente. Pues no "puede" por la hija, porque tendrían la custodia compartida (estuvieron hablando de las leyes que había y por las que eso pasaría) y tenía miedo, sobretodo de que le hiciera daño a la niña para vengarse de ella, y era muy triste escuchar su situación.

    ¿De verdad tan fácil es ir poniendo denuncias, además falsas, y que te den subvenciones y todo lo que quieras?

  3. #293
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    Cita Iniciado por BabyJane Ver mensaje
    No tendría que entrar en este hilo, pero en fin.

    No, no tiene nada que ver las denuncias falsas con el feminismo.
    Tienen q ver con la Ley de Violencia de Género, en la cual se apoya cierto feminismo desde hace años.

    En cualquier caso, tu no parece responder a algún tipo de relación q no se ha hecho en los últimos post, más q nada pq no se hablaba de denuncias falsas, se hablaba de la Ley de Violencia de Género.

    Es una manera de restarle importancia a la violencia de género, a las agresiones machistas. Ya que cuando las personas (generalmente hombres) empiezan a argumentar que hay muchas denuncias falsas y que todos los casos de maltrato no lo son por violencia de género, en realidad lo que hacen/pretenden es minimizar el machismo, dejarlo en una mera anécdota, en "cosas que han ocurrido puntualmente, porque esta sociedad en realidad no es machista y no transmiten esos valores"
    ¿En realidad lo q pretenden es minimizar el machismo? ¿Como haces tu para saber qué no es real y qué pretensiones tienen otros?
    ¿Donde se dice q el machismo es una mera anécdota?


    Yo no digo que no existan denuncias falsas, y me parece muy triste. Pero es que parece que las mujeres nos dediquemos a poner denuncias falsas como una afición, que sólo por tener la subvención ya no nos importe nada más. Y es que ya se sabe, las mujeres somos malas.
    Eso te lo parecerá a ti. A mi no. A mi lo q me parece es q no existe un ente llamado LAS mujeres, con una sola actitud. Hay mujeres y mujeres, y hay mujeres malas, no me cabe ni la menor duda, como hombres.

    Hace un tiempo estuve en un curso donde había mujeres por malos tratos y las oí hablar en primera persona, y no, no les bastó con ir un día y ya está, ya tienen la vida solucionada. Una, después de aguantar años de maltrato y denunciar, su marido ya cumplió condena y se le acabará dentro de poco la ayuda y la orden de alejamiento. Su exmarido todavía les ronda y la insulta, pero se supone que ya ha cumplido la condena y ya está rehabilitado. Si todavía con la orden le ronda, esperad a que ya no la tenga. Eso no es vida.
    Un día al tendero X de cierto barrio le destrozó la tienda una pandilla de emigrantes latinos, ergo encerremos a los emigrantes latinos ¿no?

    Otra los sufría todavía en ese momento, no se separaba, si tan fácil es porque no va denuncia y ya está, total, las mujeres se ve que hacemos eso constantemente. Pues no "puede" por la hija, porque tendrían la custodia compartida (estuvieron hablando de las leyes que había y por las que eso pasaría) y tenía miedo, sobretodo de que le hiciera daño a la niña para vengarse de ella, y era muy triste escuchar su situación.
    Sí ¿Quién niega esa tristeza?

    ¿De verdad tan fácil es ir poniendo denuncias, además falsas, y que te den subvenciones y todo lo que quieras?
    ¿Todo lo q quieras? ¿Quien ha dicho q te dan todo lo q quieras?

    Las denuncias falsas no se harán por subvenciones, se entiende q se hacen para alejar al hombre del hogar y posicionarle en una situación de debilidad de cara al divorcio y la custodia de los niños. La subvención es un extra, pero es un gasto para las arcas comunes.
    Última edición por Snickers; 11-abr-2015 a las 21:27
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  4. #294
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    Hoy se ha publicado un estudio cuyo proceso me ha parecido más q peculiar.

    http://www.eldiario.es/sociedad/CGPJ...495550715.html

    Considerando q habitualmente las estadísticas han dicho q del 100% de las denuncias presentadas el 90% se archivaron o acabaron en absolución, el Observatorio para la Violencia de Género escoge "aleatoriamente" unos 500 casos con sentencia de entre 2012 y 2014 de los cuales la gran mayoría acaban en condena.

    http://www.eldiario.es/sociedad/CGPJ...495550715.html
    "... hace el observatorio tras analizar 500 sentencias dictadas por las audiencias provinciales entre 2012 y 2014 para evaluar la aplicación de la Ley ..."
    Luego dice

    El 78 por ciento de las sentencias analizadas fueron condenas y los delitos penales más habituales fueron maltrato síquico, seguido de quebrantamiento de condena, amenazas, delitos contra la libertad sexual y homicidios.
    y del resto dice que
    "solo en dos de ellas se abrió un proceso de falso testimonio contra dos mujeres que dijeron que no habían sido maltratadas, aunque en uno de los casos los agentes habían presenciado las agresiones."
    También dice:
    "El motivo de absolución más frecuente es la falta de pruebas por constar sólo en la investigación con la acusación de la víctima, lo que ocurrió en el 40% de los fallos absolutorios, aunque en un 20% de las sentencias se condenó con el testimonio solo de la víctima."
    Vamos, q en el 40% de ese 22% solo hay la palabra de la denunciante, q serían 44 casos. Pero del 22% de casos donde hay absolución para el hombre, solo en dos abren proceso de falso testimonio. ¿Como van a derimir si en los otros 40 casos ha podido haber falso testimonio si ni siquiera abren proceso para investigarlo? ¿Pq y bajo qué criterio deciden no abrir proceso en el resto de los casos?

    Habría q aclarar pq en unos casos solo el testimonio de la víctima es creíble y en otros no, pero no parece importar ese "detalle" en el estudio.

    Entre los comentarios de la noticia destaco estos:

    ¿Os acordais del famoso caso veraniego de la falsa violación de cinco chicos gitanos en la feria de Malaga? A pesar de demostrarse que fue una invención y del show mediático que le sucedió, tampoco se cuenta en las estadísticas como denuncia falsa, porque de oficio no se persiguió y los chavales no la denunciaron porque no iban a ganar nada con ello y querian que se dejase de hablar pronto de ellos.
    "El Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Poder Judicial ha propuesto una reforma legal para que se pueda acordar la libertad vigilada de los supuestos agresores desde el momento en el que una mujer denuncia malos tratos porque es cuando existe "mayor riesgo".".
    El primer párrado tiene tela, ya ni siquiera se cortan y proponen "libertad vigilada" para gente que no solo no ha sido condenada, sino que ni siquiera ha sido juzgada. Es decir, que ante una mera acusación se trate al acusado como culpable.
    Por cierto, aquí podéis descargar el estudio quienes os interese:
    http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/...nar-a-la-mujer
    -
    Dice cosillas interesantes, como la propuesta de añadir la coletilla "con cualquier intención" para que el delito sea considerado "violencia machista" ya que se les ha escapado uno de agresiones mutuas que no han podido condenar por esta causa
    -
    También está lo de los casos de absolución porque la declaración de la víctima no contaba con corraboraciones periféricas, muy buenos los ejemplos de lo que entienden por "ausencia de corroboraciones periféricas", entre las que se encuentran cosillas como pruebas de ADN negativas o contínuas contradicciones en el testimonio.


    En público parecen hablar de otro estudio pero q llega a las mismas conclusiones. Tiene 501 sentencias en el q en gran parte de ellas hay víctima mortal:

    http://www.publico.es/sociedad/exper...intencion.html
    "Por su parte, el informe realizado por el grupo de expertos ha resaltado que, de las 501 sentencias que analizaron entre 2001 y 2013, 455 fueron por el asesinato de sus parejas."
    Ese mismo estudio dice:
    Asimismo, otros datos que destacan en el estudio son que la mayoría de las denuncias son por el delito de "menoscabo psíquico o maltrato de obra", mientras que, en el caso de las absoluciones, el motivo principal es que la única prueba acusatoria es el testimonio incriminatorio de la víctima, sin terceras partes que lo corroboren.
    Considerando q las sentencias condenatorias son del 10% ¿como es q escogen 501 casos de entre los cuales el 91% ha tenido víctima mortal?
    Son un 9% de casos sin víctima mortal, y en ellos habrá casos con absoluciones pues en donde entran los casos con testimonio incriminatorio de la víctima (ya q las vítimas mortales de los otros casos no pueden dar tal testimonio). De esos 45 casos ¿En cuales se ha iniciado investigación para derimir si ha habido falso testimonio?

    Tachan tachan ... .... Algo me dice q no se contarán con los dedos de una mano.

    Y así es como sesga estos estudios el Observatorio para la Violencia de Género

    Y después de este atentado a la veracidad con el q sacan conclusiones, y basándose en ellas, van y reclaman lo siguiente:

    Otra de las propuestas es la reforma de la ley para que la violencia de género no requiera acreditar la intención del agresor de dominar a la víctima, es decir, que "baste el hecho de golpear o maltratar con cualquier intención".
    Y es que ....
    Esta petición se debe a que, tras el análisis de casi 500 sentencias, desde el Observatorio afirman que en todos ellos aún se exige que se acredite esta "intención de dominar" para que se considere delito.
    Realmente, "la petición por parte de los expertos que forman el Observatorio contra la violencia doméstica y de género de que no sea necesario acreditar la intención del hombre de dominar a la mujer. " no es nada nuevo bajo el sol.

    Lo actual tiene más pretensiones:
    La mejora en la respuesta judicial ante los casos de violencia machista es el objetivo que pretenden varias reformas planteadas a la Ley Integral contra la Violencia de Género. Entre ellas destaca la petición por parte de los expertos que forman el Observatorio contra la violencia doméstica y de género de que no sea necesario acreditar la intención del hombre de dominar a la mujer.

    Para ello, exigen la modificación del artículo 1 de la Ley Integral para que baste con golpear o maltratar "con cualquier intención" para incurrir en un delito de violencia doméstica.
    En el caso del hombre la violencia doméstica ya se considera machista; la pretensión del Observatorio es q aunq se muestre q las intenciones eran otras de absolutamente igual y se siga considerando de género.

    En los comentarios de la noticia publicada en Público se puede leer uno muy interesante:
    http://www.publico.es/sociedad/exper...intencion.html
    El estudio más completo sobre violencia doméstica, resumen de 2300 páginas de estudios académicos, realizado por 20 universidades americanas e inglesas, concluye que el porcentaje de mujeres que han ejercido violencia física sobre sus parejas es
    del 28’3% vs. 21’3% a la inversa. http://domesticviolenceresearc... Universidades participantes: http://www.domesticviolenceres... Un análisis hecho en Espàña de más de 100 estudios científicos basados en los comportamientos de ambos miembros de la pareja indica que la mujer es, estadísticamente, la principal iniciadora de las agresiones físicas en la pareja escorrecto.org/500razones.pdf Según un estudio reciente realizado por las universidades de Sevilla, Huelva y Oviedo, en las parejas jóvenes españolas
    la mujer agrede tres veces más al varón que a la inversa, tanto emocional como físicamente. http://gacetasanitaria.org/es/...

    Por ejemplo:
    http://gacetasanitaria.org/es/percep...3911114002039/

    Percepción y etiquetado de la experiencia violenta en las relaciones de noviazgo juvenil


    Métodos
    Estudio descriptivo sobre una muestra de 3087 estudiantes adultos españoles. Se utilizó el Cuestionario de violencia entre novios (CUVINO), que mide ocho formas de violencia de pareja y tres etiquetas utilizadas para describirla (maltrato, miedo y atrapamiento). Se buscaron diferencias según el sexo y se utilizaron regresiones logísticas para encontrar asociaciones entre las distintas formas de violencia de pareja y su etiquetado.


    Resultados
    El 44,6% sufrió alguna situación de violencia de pareja no percibida, fundamentalmente por «desapego» (30,0%) y «coerción» (25,1%). Toda forma de violencia de pareja fue más perpetrada por las mujeres. La mayor diferencia según sexo se encontró en «castigo emocional» (sufrido por el 20,9% de los varones y el 7,6% de las mujeres) y en «violencia física» (6,6% y 2,3%, respectivamente). El 28,7% se sintió atrapado/a, el 11,8% tuvo miedo y el 6,3% se percibió maltratado/a. Los varones se etiquetaron con más frecuencia como atrapados, pero con menos miedo y maltratados. Las forma de violencia de pareja más asociada con la sensación de atrapamiento fue la coerción, tanto en hombres (odds ratio [OR]=3,8) como en mujeres (OR=5,7).
    Y sobre todo:

    http://escorrecto.org/500razones.pdf

    Pag. 4:

    B. Anexo 2

    : Recopilación de 107 estudios con indicación de las conclusiones sobre la iniciación y reciprocidad de las agresiones físicas por sexos, cuyos resultados globales son los siguientes:

    • 77 estudios registran mayores niveles de perpetración de violencia física no recíproca o iniciación de las agresiones físicas por las mujeres;
    • 18 estudios registran mayores niveles de perpetración de violencia física no recíproca o iniciación de las agresiones físicas por los hombres; y
    • 12 estudios registran niveles similares de violencia física no recíproca o iniciación de las agresiones físicas para ambos sexos.

    ________________

    En inglés:
    http://domesticviolenceresearch.org/...nce.Nov.23.pdf
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  5. #295
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    Aprovecho q la temática ésta q menciono es actualmente noticia y recupero un artículo de hace años.

    http://elpais.com/diario/2008/12/22/...05_850215.html


    Las denuncias falsas

    María Sanahuja 22 DIC 2008

    ... ...

    ... abogados que han recomendado la interposición de una denuncia por malos tratos porque se podía solventar en horas la atribución provisional del uso de la vivienda familiar, ya que la orden de alejamiento supone la expulsión inmediata de la misma, así como la fijación de una pensión de alimentos y la custodia de los hijos; ...

    ... ...

    Hemos consentido la detención de miles de hombres que luego, en su mayoría, han resultado absueltos, y probablemente habremos condenado a más de un inocente, en aplicación de unas leyes que, como la Ley de Enjuiciamiento Criminal, denomina "agresor" al denunciado, antes de iniciar cualquier investigación tendente a averiguar la certeza de los hechos.

    ... ...

    María Sanahuja es magistrada de la Audiencia Provincial de Barcelona y miembro de Jueces para la Democracia y la Plataforma Otras Voces Feministas
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  6. #296
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    Cita Iniciado por liebreblanca Ver mensaje

    Solo el 0'4 por ciento de las denuncias son falsas según el ABC. Ese periodico feminazi.

    http://www.abc.es/sociedad/abci-test...acebook.com%2F
    El ABC recoge una noticia, nada más y nada menos

    Las conclusiones q se dan en ese informe se basan en retorcer los datos, como ya llevan años haciendo.

    Por si sirve, un razonamiento al respecto:

    http://www.forovegetariano.org/foro/...1#post21509649

    Y un escrito al respecto del informe:

    https://plus.google.com/+DavidPrieto...ts/ZTifuaMUTza


    David Prieto

    Igualdad
    Mar 18, 23:15

    El CGPJ sacó ayer un informe sobre la LIVG (goo.gl/wqnMzK, goo.gl/eQ2GZD) tras estudiar 497 sentencias salidas de las Audiencias provinciales. 374 fueron condenatorias y 123 fueron absolutorias, y en 2 casos se actuó contra la denunciante por denuncia falsa.

    Este último dato tiene dos interpretaciones. Una es que solo se ha actuado contra dos porque solo existen dos. Así lo han entendido los medios de comunicación, con titulares (goo.gl/GPPcLv, goo.gl/h65bCK) como "solo el 0,4% de las denuncias por violencia machista son falsas" o "el CGPJ contabiliza dos posibles denuncias falsas de violencia de género de entre un total de 500".

    La otra interpretación es que pueden existir más denuncias falsas, pero que el fiscal las ha dejado impunes. Y para saber qué interpretación es la correcta, tenemos que saber cómo se juzgan estas denuncias en las Audiencias Provinciales.

    ¿Qué tipo de pruebas se piden en estos casos para condenar?

    El informe del CGPJ dice que “en la mayoría de los tipos delictivos que aparecen vinculados con la violencia de género, la declaración de la mujer, como testigo “principal” de la acusación, viene constituyéndose en prueba de cargo fundamental para destruir la presunción de inocencia del acusado (...) cabe pues que se proceda a la condena del acusado con el sólo testimonio de la mujer víctima, incluso cuando este testimonio se oponga a otros que confluyen en la dirección opuesta”.

    Es decir, que la palabra de la denunciante basta para condenar. Pero esto no siempre es así, ya que (de nuevo, según el informe) tiene que cumplir estas tres condiciones:

    1. Ausencia de incredibilidad subjetiva, es decir, que la denunciante no tenga trastornos o motivos espurios que la invaliden como testigo.
    2. Persistencia del testimonio, es decir, que la denunciante mantenga su historia sin modificar sus aspectos esenciales, aunque sí puede modificar los detalles.
    3. Verosimilitud, es decir, que la historia tenga sea plausible y que haya algún elemento que la corrobore. Estos elementos pueden ser objetivos (por ejemplo un parte médico que acredite que esa persona tiene una lesión) o subjetivos (por ejemplo un testigo que diga que la denunciante le contó lo mismo que al juez).

    Ocurre que más que condiciones ”son orientaciones que ayudan a acertar en el juicio (...) pero ello no quiere significar que cuando se cumplan las tres condiciones haya que otorgar, inexorablemente, crédito al testimonio, y (...) que cuando falta uno o varios de estos criterios de validez, la prueba ya no pueda ser valorada como prueba de cargo y deba ser considerada insuficiente para fundar una condena”.

    Es decir: que un juez puede exigir más pruebas aunque se cumplan las tres condiciones, pero otro juez puede condenar sin que se cumpla ninguna y aunque no haya más pruebas. O en otras palabras, que todo puede pasar.

    ¿Pero esto pasa muy a menudo?

    El estudio dice que “la declaración de la víctima es prueba de cargo fundamental para proceder a la condena del acusado en (...) un 70-80% de los casos analizados” y que “el testimonio de la víctima es prueba única en un número limitado de supuestos”. Pero si revisáis las tablas de las páginas 11 y 64 veréis que en el 52% de las condenas (195 casos de 374) la declaración de la denunciante consta como única prueba de cargo.

    ¿Y entonces qué tiene que pasar para que haya absolución?

    El informe dice que 73 casos acabaron en absolución simplemente porque al no haber elementos que corroboraran la versión de la denunciante no se cumplían las tres condiciones.

    Pero al entrar a dar ejemplos incluye varios donde las pruebas o los testigos contradecían esa versión. En estos casos había indicios de una posible denuncia falsa, pero el tribunal prefirió no investigar si lo era.

    1. Un caso donde los testigos contradecían la declaración de la denunciante.
    2. Un caso donde el informe forense señalaba la ausencia de lesiones.
    3. Un caso donde la denunciante incurría en contradicciones notorias y sustanciales.
    4. Un caso donde la declaración de la denunciante era cambiante y el análisis de ADN dio negativo.
    5. Un caso donde los testigos corroboraron las declaraciones exculpatorias del acusado, y donde la denunciante le mandó unos SMS diciéndole que él “no sabía de lo que ella era capaz”.
    6. Un caso donde la denunciante no mostraba signos de violencia de ningún tipo, donde el informe médico aseguraba que no reunía las características de una mujer maltratada ni física, ni psicológica ni sexualmente; y donde la declaración de ella estaba repleta de ambigüedades y contradicciones.

    También dice que 14 casos acabaron en absolución porque se sospechaban motivos espureos, e incluye varios ejemplos. En estos casos había indicios de una posible denuncia falsa, pero el tribunal prefirió no investigar si lo era.

    1. Un caso donde la mujer denunció al descubrir una infidelidad.
    2. Un caso donde la mujer denunció tras pedir él la separación, y donde todas las pruebas fueron exculpatorias (incluyendo las declaraciones de las hijas y de la madre de la propia denunciante).
    3. Un caso donde la versión de la denunciante resultó increíble, donde se apreció una clara animadversión hacia el acusado y donde el tribunal concluyó que la víctima había denunciado para obtener la regularización de su estancia en España.

    También dice que 35 casos acabaron en absolución porque la víctima se retractó o se negó a declarar, y en uno de ellos se sospechaba además de un motivo espureo. En estos casos había indicios de una posible denuncia falsa, pero el tribunal prefirió no investigar si lo era.

    1. Un caso (goo.gl/1UyoYJ) donde la denunciante dijo que el acusado la había asaltado en el rellano de su vivienda y la había violado, pero luego declaró que en un principio se asustó pero que al reconocer a su ex pareja aceptó voluntariamente el acto sexual.
    2. Un caso (goo.gl/4OvBsg) donde la denunciante dijo que el acusado se había colado en su casa y la había violado, pero luego declaró que habían mantenido una relación sexual consentida. En este caso la Sala no pudo saber “en qué momento la testigo dijo la verdad” y por tanto absolvió al acusado.
    3. Un caso (goo.gl/1yxuKn) donde, además del cambio de versión, se valoró que la denuncia pudo estar motivada por el descubrimiento de una infidelidad.

    También señala absoluciones debidas a otras causas, sin precisar cuáles son. En estos casos también había indicios de una posible denuncia falsa, pero el tribunal prefirió no investigar si lo era.

    1. Un caso (goo.gl/GBveBU) donde la denunciante no resultó creíble por tener una leve discapacidad mental; donde su testimonio estaba lleno de contradicciones, incoherencias e imprecisiones; y donde la única testigo (amiga de la denunciante) decía que “en tema de novios le gusta inventarse cosas”.
    2. Un caso (goo.gl/oSqGUl) donde la denunciante no solo no tenía un mínimo de credibilidad sino que se llegó a dudar incluso de que el denunciado fuera pareja suya, ya que los datos que ella dio sobre la vida personal y profesional de él resultaron ser falsos.

    Por último, señala varios casos donde el tribunal mencionó explícitamente que la denuncia podía ser falsa pero aun así prefirió seguir sin averiguar si lo era. Y pone como ejemplos:

    1. Un caso (goo.gl/mQeG8U) donde la denunciante aportó pruebas falsas y donde el tribunal vio una alta probabilidad de que el testimonio fuera falso por sus “excesos incriminatorios” y porque gracias a la denuncia había obtenido la regularización de su situación en España.
    2. Un caso (goo.gl/bvEiib) donde la propia denunciante dice que "todo lo que dijo anteriormente es mentira y que se lo inventó porque estaba rabiosa porque ella quería volver con él"; donde el tribunal percibe “multitud de contradicciones y falta de concreción en los hechos”, pero decide no actuar contra ella porque “es histriónica y teatral, que no es que esté mintiendo, sino que su vivencia de la realidad es así, exagerada y pasando con facilidad del llanto a la risa, que tiene una gran dependencia emocional del acusado y que es su primer amor y lo seguirá siendo por mucho tiempo, por lo que en función de dicha consideración lleva a cabo sus actos”.
    3. Un caso (goo.gl/RLz7Wo) donde según el tribunal, la denunciante “presenta un perfil psicológico compatible con un trastorno límite de la personalidad, habiendo sido diagnosticada, además, de trastorno por dependencia del alcohol, de modo que los rasgos anormales de la personalidad de la testigo pueden comportar intensos sentimientos de venganza contra el procesado con motivo de conflictos afectivos, tendiendo a culparle de todos sus problemas y proyectando contra él una intensa hostilidad; además de adoptar actitudes manipuladoras, tergiversando o deformando la realidad en función de sus intereses personales”; donde “existen motivos para pensar, como se informó por los peritos, que la testigo denunciase los hechos por la animadversión y rencor contra el acusado, al que culpa de todos sus problemas, sin hacer por su parte nada de autocrítica”; donde existía otra denuncia anterior por hechos similares, también archivada, donde la versión de la denunciante era incongruente e incompatible con las lesiones que presentaba.

    Pero esos casos no tenían por qué ser denuncias falsas, ¿no?

    Precisamente. Lo que pasa al poder condenar sin pruebas es que no tenemos ni idea de cuántos casos son reales y cuántos no. No sabemos cuántos inocentes fueron condenados porque la historia de su denunciante era convincente, ni cuántos culpables quedaron libres porque su víctima se lió.

    Lo que sí sabemos es que el propio informe da una lista extensa de casos en los que el propio tribunal creyó (con mayor o menor motivo) que la denuncia podía ser falsa, pero decidió no investigar. Y que esos son simplemente los que menciona. Quizá entre las 120 absoluciones estudiadas no haya más casos así. Quizá haya diez. Quizá haya cien. Eso no lo podemos saber.

    Lo que sí sabemos es que solo en dos casos se inició una investigación. Y que ahora leemos en los titulares que, como no investigaron más casos, sólo pueden existir esos dos.


    Última edición por Snickers; 19-mar-2016 a las 08:38
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  7. #297
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    El estudio esta hecho por expertas/o, pero naaaaaaa, no tienen ni idea.
    Tienen idea de como retorcer los datos

    Argumentos aquí:

    http://www.forovegetariano.org/foro/...1#post21509649


    Entre las recomenciones derivadas de este "estudio", por lo visto, se pueden ler disparates de este calibre:

    Página 65 del informe:
    "Como refuerzo de las anteriores consideraciones debemos señalar igualmente que en la mayor o buena parte de los supuestos analizados los ilícitos son cometidos sin presencia de terceros, en ámbitos de intimidad, lo que obliga nuevamente a considerar la posibilidad de que el sólo testimonio de la víctima pueda servir para enervar la presunción de inocencia del acusado. Teóricamente cabe pues que se proceda a la condena del acusado con el sólo testimonio de la mujer víctima, incluso cuando este testimonio se oponga a otros que confluyen en la dirección opuesta."


    Solo el testimonio de la denunciante, incluso cuando cuando concurran testimonios opuestos. Si eso no da pie a denuncias falsas apaga y vámonos.

    De entre los comentarios, más revelaciones:

    http://www.eldiario.es/sociedad/CGPJ...495550715.html
    #78 Francisco José López | 18/03/2016 - 17:15h

    "El motivo de absolución más frecuente es la falta de pruebas por constar sólo en la investigación con la acusación de la víctima, lo que ocurrió en el 40% de los fallos absolutorios, aunque en un 20% de las sentencias se condenó con el testimonio solo de la víctima."
    -
    Me acabo de dar cuenta de una trampa en esta afirmación:
    40% respecto a los fallos absolutorios.
    20% respecto de las sentencias (contando absolutorias y condenatorias).
    -
    El porcentaje pues de las sentencias condenatorias en las que únicamente cuenta el testimonio de la víctima sería mucho mayor.
    y

    #82 Francisco José López | 18/03/2016 - 23:39h

    Gran análisis del informe de David Prieto, tremendo trabajo:
    https://plus.google.com/+DavidPrieto...ts/ZTifuaMUTza


    Por último, recalcar:

    "El Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Poder Judicial ha propuesto una reforma legal para que se pueda acordar la libertad vigilada de los supuestos agresores desde el momento en el que una mujer denuncia malos tratos porque es cuando existe "mayor riesgo"."

    y

    http://www.eldiario.es/sociedad/CGPJ...495550715.html
    #79 Francisco José López | 18/03/2016 - 19:40h

    #2
    La libertad vigilada consistirá en el sometimiento del condenado a control judicial a través del cumplimiento por su parte de alguna o algunas de las siguientes medidas:
    -
    a) La obligación de estar siempre localizable mediante aparatos electrónicos que permitan su seguimiento permanente.
    -
    b) La obligación de presentarse periódicamente en el lugar que el Juez o Tribunal establezca.
    -
    c) La de comunicar inmediatamente, en el plazo máximo y por el medio que el Juez o Tribunal señale a tal efecto, cada cambio del lugar de residencia o del lugar o puesto de trabajo.
    -
    d) La prohibición de ausentarse del lugar donde resida o de un determinado territorio sin autorización del juez o tribunal.
    -
    e) La prohibición de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el Juez o Tribunal.
    -
    f) La prohibición de comunicarse con la víctima, o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el Juez o Tribunal.
    -
    g) La prohibición de acudir a determinados territorios, lugares o establecimientos.
    -
    h) La prohibición de residir en determinados lugares.
    -
    i) La prohibición de desempeñar determinadas actividades que puedan ofrecerle o facilitarle la ocasión para cometer hechos delictivos de similar naturaleza.
    -
    j) La obligación de participar en programas formativos, laborales, culturales, de educación sexual u otros similares.
    -
    k) La obligación de seguir tratamiento médico externo, o de someterse a un control médico periódico”.
    Pues eso, q si a un hombre le denuncia una mujer con las únicas pruebas de su testimonio, e incluso con testimonios en contra de ella, el hombre ha de acabar en libertad vigilada. Los puntos e) y f) son ideales para conseguir una custodia, por cierto. Pero eso nunca ocurriría, pq las mujeres solo son víctimas del patriarco, y en este terreno nadan en la inocencia, como ya ha dado a entender alguna juez en su momento.
    Última edición por Snickers; 19-mar-2016 a las 08:44
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  8. #298
    sagatxu
    Guest
    http://www.jessicafillol.es/2015/06/...-que-no-lo-es/
    http://lawyerpress.com/news/2015_09/0809_15_012.html

    Aqui todo el mundo miente, la fiscalía, las personas que trabajan en estos temas, todoooooooo el mundoooooo.
    Menos los que padecen el sindrome de Cecilia

  9. #299
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    http://www.jessicafillol.es/2015/06/...-que-no-lo-es/
    http://lawyerpress.com/news/2015_09/0809_15_012.html

    Aqui todo el mundo miente, la fiscalía, las personas que trabajan en estos temas, todoooooooo el mundoooooo.
    Emplear la falacia de la autoridad no te da la razón, ni poner en el teclado de otros lo q te interesa para exagerar en vez de entrar en el informe.

    Ha habido personas q trabajando en la Justicia y dando una opinión contraria a la q interesa a algunos han acabado siendo arrinconadas.

    Como muestra notable está María Sanahuja

    http://elpais.com/diario/2008/12/22/...05_850215.html

    Las denuncias falsas
    María Sanahuja 22 DIC 2008

    ... ...

    ... abogados que han recomendado la interposición de una denuncia por malos tratos porque se podía solventar en horas la atribución provisional del uso de la vivienda familiar, ya que la orden de alejamiento supone la expulsión inmediata de la misma, así como la fijación de una pensión de alimentos y la custodia de los hijos; ...

    ... ...

    Hemos consentido la detención de miles de hombres que luego, en su mayoría, han resultado absueltos, y probablemente habremos condenado a más de un inocente, en aplicación de unas leyes que, como la Ley de Enjuiciamiento Criminal, denomina "agresor" al denunciado, antes de iniciar cualquier investigación tendente a averiguar la certeza de los hechos.

    ... ...

    María Sanahuja es magistrada de la Audiencia Provincial de Barcelona y miembro de Jueces para la Democracia y la Plataforma Otras Voces Feministas


    Por cierto, del primer enlace q pones cabe destacar:
    El delito de acusación y denuncia falsa –éste es su verdadero nomen iuris- es un delito contra la Administración de Justicia.

    ... ...

    Se habla de hombres que pasan noches en el calabozo, de asuntos que se demoran, de decisiones acerca de custodias o adjudicación de vivienda que les dejan en una situación insoportable. Se habla de trato desigual y de obtención de ventajas por una discusión que no pasa de un quítame aquí estas pajas. Y se mezclan justicias con injusticias y unas situaciones con otras como si todas las mujeres fueran –o fuéramos- unas arpías que pretenden despojar de todo a sus maridos o compañeros del pan y la sal. Y de los hijos, por supuesto.
    Pero vayamos por partes. Los juzgados de Violencia sobre la Mujer no hacen otra cosa que aplicar una ley que fue aprobada con el consenso de todos los partidos políticos pero que, pasado un primer y vigoroso impulso, nadie se ha molestado en dotar de medios.

    ... ... hay que partir de lo que es una denuncia falsa para poder hablar de ellas. Y el hecho de que un asunto acabe por un archivo porque no se ha probado el hecho –no olvidemos que estas acciones no suelen tener testigos- no convierte esa denuncia en falsa. Como tampoco la convierte el hecho de que la mujer, en un momento posterior, amparada en un obsoleto precepto, se eche atrás en su denuncia y guarde silencio.


    ... A las mujeres se les estigmatiza como falsas denunciantes cuando ni siquiera han sido imputadas ni denunciadas por ello, y probablemente la inmensa mayoría nunca lo serán. Sin perjuicio, por supuesto, de que la que lo haga, haya de soportar el peso de la ley. Pero solo ésa que, como ya he dicho, constituye una cifra anecdótica.
    La cuestión es q, partiendo de q denunciar con falta de pruebas puede ser o no una denuncia falsa q en el caso de serlo sería un delito contra la Administración pública, la Administración no investiga las denuncias q solo se basan en el testimonio de la víctima y q se archivan o el hombre sale absuelto.

    lo dice en el segundo link,que, por cierto, ya lo pusiste hace tiempo

    http://www.jessicafillol.es/2015/06/...-que-no-lo-es/
    Para poder perseguir este delito de denuncia falsa, o acusación falsa, la autoridad judicial que conoció el ilícito penal falsamente imputado debe haber dictado una resolución judicial firme de sobreseimiento o archivo. Es decir, que el Juzgado una vez valorada la denuncia, declaración, pruebas presentadas por parte del que denuncia, etc. entiende que no hay indicios de haberse cometido el delito denunciado por lo que no continua con su instrucción.


    El propio Juez o Tribunal que dicte esta resolución puede proceder de oficio contra el sujeto activo del delito de denuncia falsa, si de la causa se infieren indicios suficientes de la falsedad de la imputación. La víctima de la denuncia o acusación falsa también puede perseguirlo.

    ... se persiguen de oficio o bien a denuncia del perjudicado por la denuncia falsa
    ¿Cuales se persiguen de oficio? ¿Cuantas?

    El porcentaje es tan ínfimo q indica q el archivo de la causa o la absolución del denunciado no suponen presunción de inocencia, sino más bien un culpable al q no se ha podido sentenciar.

    Cita Iniciado por sagatxu Ver mensaje
    Menos los que padecen el sindrome de Cecilia
    Los q tu digas, así, sin argumentar. Total, pa qué
    Última edición por Snickers; 19-mar-2016 a las 11:22
    Ni toda la oscuridad del mundo podrá acabar con la luz de una sola vela

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  10. #300
    sagatxu
    Guest

    http://www.jessicafillol.es/2016/02/...-desde-genmad/
    Estos tienen gente que aseguran que las mujeres asesinadas por asesinos machitas son las únicas culpables de su propio asesinato, que los pobrecitos no tuvieron más remedio que asesinarlas, incluso dicen que seguro que hay denuncias de ellos contra ellas. dicen que en la caso de los niños asesinados por su padre con una radial, fue culpa de la madre por ponerle al límite. Cosas que pasan en todas las casas oiga

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