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Tema: AAArrrrrGGGG !!!

  1. #8991
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    Estoy HARTA de que estando de alquiler, haya que pagar el ibi (cuando el piso no es nuestro): si se estropea alguna tubería (que hace siglos que está mal) tenemos que hacernos cargo nosotros; si las persianas se rompen (de lo viejas que están)...más de lo mismo.


    ¿EL Ibi? Pero si eso se supone que lo paga el dueño del piso, de hecho yo lo pago de mi piso que lo tengo alquilado, además, si se rompe algo del uso diario lo paga la inquilina y si es algo que ya estaba viejo o había que cambiarlo, pues yo, pienso que eso lo lógico, vamos, que morro tiene la gente.

  2. #8992
    esto no es lo que parece Avatar de nhoa
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    Estoy HARTA de que estando de alquiler, haya que pagar el ibi (cuando el piso no es nuestro): si se estropea alguna tubería (que hace siglos que está mal) tenemos que hacernos cargo nosotros; si las persianas se rompen (de lo viejas que están)...más de lo mismo.
    Si alquilas nuevamente, fíjate y lee bien el contrato. Si no especifica convenientemente, el IBI lo paga el dueño. Para que el inquilino venga obligado a hacerlo, tiene que venir especificado expresamente en el contrato.

    En cuanto a las obras, sólo te tienes que hacer cargo de lo que gastes por el uso. En principio, el piso has de mantenerlo en el mismo estado que lo cogiste. Esas son las obras que vienes obligada a hacer.

  3. #8993
    Sólo se vive una vez! Avatar de Riply
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    Esto es Barcelona, chicas ( y gracias). Aquí el ibi te obligan a pagarlo como inquilino...sí o sí.

  4. #8994
    esto no es lo que parece Avatar de nhoa
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    Esto es Barcelona, chicas ( y gracias). Aquí el ibi te obligan a pagarlo como inquilino...sí o sí.
    y las obras?

  5. #8995
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    Pues que mal, a mi es que ni se me ocurriría pedírselo a la inquilina, tengo muy buen rollo con ella y nos hacemos favores.

  6. #8996
    cardo escéptico Avatar de Chaia
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    Estoy HARTA de que estando de alquiler, haya que pagar el ibi (cuando el piso no es nuestro): si se estropea alguna tubería (que hace siglos que está mal) tenemos que hacernos cargo nosotros; si las persianas se rompen (de lo viejas que están)...más de lo mismo.
    El IBI solo se le puede repercutir al inquilino si se ha firmado en el contrato (y se ha de incluir el importe del mismo). Las tuberías le corresponden al casero. La persiana te la intentan repercutir a ti, pero tendrían que demostrar que la has roto por mal uso.
    Lo que pasa es que hay caseros con mucho morro. Yo he salido de varias casas por esos detallitos. Los hay que prefieren perder un buen inquilino que pagar la tubería de plomo de principios del siglo XIX.
    Estaba tan harta que me hice un buen seguro del hogar para no tener que discutir con los caseros. Aunque el último es muy majo y me lo arregla todo.

    Edito: vaya, nos hemos cruzado...
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  7. #8997
    Usuari@ expert@ Avatar de Arenita
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    Cita Iniciado por Riply Ver mensaje
    Esto es Barcelona, chicas ( y gracias). Aquí el ibi te obligan a pagarlo como inquilino...sí o sí.
    Pues menudo chollo tener una casa en Barcelona, cobras, te la mantienen y te pagan también el correspondiente impuesto por titularidad del bien.Que sea lo corriente no quiere decir que sea normal, porque desde luego menudo morro y afán de lucro.

  8. #8998
    cardo escéptico Avatar de Chaia
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    Cita Iniciado por Crisha Ver mensaje
    Espero que estes mejor esta manhana... el agotamiento fisico trae agotamiento mental y eso es malisimo para los animos. Y tambien espero que este mejor tu madre (
    Cita Iniciado por Calimero Ver mensaje
    Vaya...
    Espero que descanses.
    ¡Salud!
    Cita Iniciado por Sarmale Ver mensaje
    Será el cansancio... O no... Uno de estos muy grande:

    Gracias, chicos Mi madre está bien, era revisión con el oncólogo. Hasta que no pasen diez años no suelen dar el alta Pero tengo padres viejitos y no pueden ir ya solos a los sitios.

    Aproveché y estuve paseando con Naria por el campo al amanecer (teníamos que salir muy pronto). Fue algo mágico, las dos solas con los pájaros que empiezan a despertarse.

    Es solo un bajoncillo. Remontará. Hoy me he vuelto a la cama después de sacarla, casi hasta la hora de venirme a trabajar...
    No me des opiniones: dame datos.

  9. #8999
    Que te pyrex... Avatar de Crisha
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    Cita Iniciado por nhoa Ver mensaje
    Si alquilas nuevamente, fíjate y lee bien el contrato. Si no especifica convenientemente, el IBI lo paga el dueño. Para que el inquilino venga obligado a hacerlo, tiene que venir especificado expresamente en el contrato.

    En cuanto a las obras, sólo te tienes que hacer cargo de lo que gastes por el uso. En principio, el piso has de mantenerlo en el mismo estado que lo cogiste. Esas son las obras que vienes obligada a hacer.
    Es mas, en un contrato tipo, el IBI lo paga el duenho siempre. Los unicos impuestos que pueden recaer en el inquilino, son las bsuras y el alcantarillado, en caso de que se cobren.

    Riply, miralo pero creo que un contrato asi es "impugnable". No creo que te pueda cobrar el IBI. Por ejmeplo, en los contratos hechos por las agencias regionales de alquiler, que emplean el contrato tipo de la ley de arrendamiento.

    Las cosas de uso diario que se estropeen, no queda claro quien tien que arreglarlas. Parece logicos que las cosas qeu se estropean por uso, grifos, una persiana, etc, lo tiene que arreglar el inquilino (he sido ambas cosas, casera e inqulina) pero otras de uso necesario y que ya estuvieran en el piso, como la nevera, pues parece que debe reacer en el casero salvo que sea por mal uso.

    Edito para decir que tambien me lleve genial con mis dos inquilinos, por lo que ni un mal rollo...
    Última edición por Crisha; 12-abr-2012 a las 14:56
    We do not inherit the Earth from our ancestors: we borrow it from our children.

    El optimismo de la acción es preferible al pesimismo del pensamiento. Proverbio Cree.

  10. #9000
    esto no es lo que parece Avatar de nhoa
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    Esto es Barcelona, chicas ( y gracias). Aquí el ibi te obligan a pagarlo como inquilino...sí o sí.
    Me habías dejado en duda, pero no, en Cataluña, no hay ley especial. Se aplica la ley estatal.

    http://www.bcn.es/habitatge/esp/llog_eco_des.shtml

    Lo mismo con las obras. Mírate la página pq es muy esclarecedora.

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