Hay que echar mano de la legislación laboral, que es muy específica al respecto de las horas de descanso mínimas entre dos jornadas de trabajo, horas máximas de trabajo por jornada, etc. Pero así, a grandes rasgos, no veo irregularidades graves en tus horarios... siempre que en tu contrato esté todo bien regulado y siempre que estés correspondientemente remunerada.
Probablemente, habrás firmado o estarás a punto de firmar una cláusula de disponibilidad, que básicamente quiere decir que pueden reclamarte cualquier día a cualquier hora. Es legal, a expensas de lo que puedan decir los convenios aplicables.
En cuanto a tu responsabilidad con la tableta, no tengo una opinión clara. Así que ahí no puedo decir ni mu.
Lo dicho, hay foreros más preparados.
Si no te dicen nada más específico, me comprometo a echar un vistazo más tranquilo a la legislación laboral.
¡Salud!