Así que jugando a su conveniencia con los textos de las directivas europeas los técnicos que legislatura tras legislatura ocupan los despachos del Ministerio -sin importar el color político del ministro de turno- se han decidido en esta ocasión por una aplicación rigurosa de la
Directiva Europea 2001/83 ignorando las posibilidades que permite el artículo 16.2 de esa misma directiva. “
Los estados miembros –señala ésta-
podrán introducir o mantener en sus respectivos territorios normas específicas para las pruebas toxicológicas, farmacológicas y clínicas de los medicamentos homeopáticos distintos de los contemplados en el apartado 1 del Artículo 14, con arreglo a los principios y particularidades de la Medicina Homeopática de cada estado miembro”. Algo que, por ejemplo, han hecho países como Francia o Alemania.
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Las partes afectadas coinciden también en señalar la dejadez con la que la Medicina Homeopática ha sido tratada en nuestro país.
Emile Devey, presidente de
Laboratorios Boiron, ha denunciado abiertamente que hace ya más de diez años que la
Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios tiene paralizado el proceso de autorización de registro de medicamentos homeopáticos.
Boiron presentó en 1995 nada menos que 2.800 solicitudes de cepas distintas y a día de hoy aún no han sido evaluadas. “
Esta situación contrasta con la de otros países europeos –añade Devey-
donde esos mismos dossieres y medicamentos fueron presentados y registrados con normalidad”.
Por si fuera poco, el informe
Lebatard-Sartre -solicitado por el
Consejo de los Colegios Médicos de Francia y que fue publicado en 1997- reconoce la Homeopatía como práctica médica. “
En Francia-nos comenta Gemma Moreno-
la tradición homeopática está muy arraigada y la regulación permite que se registren nuevos medicamentos con indicaciones terapéuticas e, incluso, que se publiciten en los medios de comunicación de masas. Además la industria y la Administración han acordado un calendario realista para la presentación de los dossieres simplificados de medicamentos sin indicación (la mayoría de ellos reembolsados por el sistema público de salud), en los distintos grados y tipos de dilución y en las distintas formas farmacéuticas. Este calendario ya ha sido revisado y las fechas aplazadas varias veces a petición de la Agencia para poder hacer frente a la ingente masa de trabajo que supone la evaluación y registro de cada uno de los medicamentos. Actualmente el calendario se extiende hasta el 2015”.
En cambio en España, según
Leopoldo Agraz, asesor jurídico de la
Asociación Nacional de Laboratorios Homeopáticos y de Oligoelementos (Analhoe), el borrador ni siquiera establece un calendario de presentación de productos para su evaluación. “
Se limita –nos explicaría-
a fijar la fecha tope de un año para que toda la industria farmacéutica presente los expedientes de registro. ¿Y qué va a hacer la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios si se presentan a última hora más de 15.000 mil expedientes?”.
“
La Directiva del Medicamento 2001/83/CE –indicaba Manuel Ibáñez Álvarez en su escrito a Elena Salgado-,
en su artículo 16.2, otorga a los estados miembros la facultad de desarrollar un procedimiento de registro específico para aquellos medicamentos homeopáticos no susceptibles de registro simplificado descrito en el artículo 14. Por ello, le rogamos que su administración aplique este procedimiento potestativo que colocaría a España en la vanguardia de los países europeos modernos que han regulado esta materia. Renunciar a este desarrollo en el actual Real Decreto de registro del medicamento nos situaría en una situación de retroceso frente al resto de la Unión Europea”.
En suma, Elena Salgado tiene una excelente ocasión para llevar la contraria a sus “técnicos” -al menos por una vez- y demostrar que sus decisiones no siempre están en contra de quienes defienden una medicina más natural, más económica y con menos efectos secundarios.
Helena Santos