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Troyanos con función policial
El Ministerio Fiscal podrá pedir al juez 'la instalación de un software que permita el examen a distancia y sin conocimiento de su titular el contenido de un ordenador
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Martes 04 de junio de 2013 Redacción | El Universal13:15
El Ministerio Fiscal podrá pedir al juez la instalación de un troyano que permita espiar a distancia la información de una computadora.
De aprobarse el ahora borrador del nuevo Código Procesal Penal (PDF) en España, que sustituirá a la actual Ley de Enjuiciamiento Criminal, habrá un apartado que otorgará permiso al Tribunal de Garantías, la instalación en secreto de un software (Troyano) para 'examinar a distancia' una computadora o dispositivo electrónico sin que su usuario lo sepa, sólo para la "investigación de un delito de especial gravedad".
Así lo recoge el artículo 350 y siguientes de este borrador del anteproyecto de ley, accesible a través de la página web de la Fiscalía y creado el pasado mes de febrero. El diario El País explica que esta medida propuesta por el Ministerio de Justicia cuenta con el apoyo expreso del ministro Alberto Ruiz-Gallardón y del de Interior, Jorge Fernández Díaz.
El Ministerio Fiscal podrá pedir al juez "la instalación de un software que permita, de forma remota y telemática, el examen a distancia y sin conocimiento de su titular o usuario del contenido de un ordenador, dispositivo electrónico, sistema informático, instrumento de almacenamiento masivo de datos informáticos o base de datos, siempre que la medida resulte proporcionada para la investigación de un delito de especial gravedad y sea además idónea y necesaria para el esclarecimiento del hecho investigado, la averiguación de su autor o la localización de su paradero".
Ese software espía no es otra cosa que un troyano, un programa que una vez instalado permite la entrada de usuarios externos al ordenador infectado, bien para obtener información, bien para instalar virus informáticos o bien para controlar remotamente la máquina anfitriona.
La medida podría ser ampliable a otros sistemas, previa autorización judicial. No obstante, sólo podrá ser autorizada cuando los datos objeto de la investigación estén almacenados bajo jurisdicción española (totalmente o en parte). De lo contrario, habrá que instarse a las medidas de cooperación judicial internacional que existan, refiere el artículo del diario.