http://www.europarl.europa.eu/sides/...XML+V0%2F%2FES
A. Considerando que la prostitución y la prostitución forzadas son un fenómeno con un componente de género y de dimensión mundial que afecta en torno a 40 - 42 millones de personas en todo el mundo, siendo la inmensa mayoría de las personas que se prostituyen mujeres y niñas y casi la totalidad de los usuarios hombres y que, por lo tanto, es al mismo tiempo causa y consecuencia de la desigualdad de género, lo que agrava aún más el fenómeno;
B. Considerando que la prostitución representa una forma de esclavitud incompatible con la dignidad de la persona y con sus derechos fundamentales;
C. Considerando que la trata de seres humanos, en particular de mujeres y niños, con fines de explotación sexual y otras formas de explotación constituye una de las violaciones de los derechos humanos más atroces, y que la trata de personas está creciendo a escala mundial debido al aumento de la delincuencia organizada y su rentabilidad;
D. Considerando que el trabajo es una de las principales fuentes de realización humana y que, a través de él, los individuos contribuyen solidariamente al bienestar colectivo;
E. Considerando que la prostitución y la prostitución forzada están intrínsecamente ligadas a la desigualdad de género en la sociedad y tienen un efecto en la posición social de las mujeres y los hombres en la sociedad así como en la percepción de las relaciones entre mujeres y hombres y en la sexualidad;
F. Considerando que la salud sexual y reproductiva se promueve con un enfoque de la sexualidad sano y basado en el respeto mutuo;
G. Considerando que la Directiva 2011/36/UE, de 5 de abril de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas establece disposiciones firmes en relación con las víctimas;
H. Considerando que toda política relativa a la prostitución repercute en la consecución de la igualdad de género, afecta a la comprensión de las cuestiones de género y transmite mensajes y normas a la sociedad, incluidos los jóvenes;
I. Considerando que la prostitución funciona como un negocio y crea un mercado, en el que distintos actores están interconectados y los proxenetas realizan cálculos y actúan para afianzar o aumentar sus mercados y maximizar los beneficios, y que los compradores de sexo desempeñan un papel fundamental, puesto que mantienen la demanda de este mercado;
J. Considerando que, según la OMS, la salud sexual «requiere de una actitud positiva y respetuosa hacia la sexualidad y las relaciones sexuales, además de la posibilidad de tener experiencias sexuales placenteras y seguras, libres de coacción, discriminación y violencia»;
K. Considerando quen en la prostitución todos los actos íntimos se rebajan a un valor mercantil y el ser humano queda reducido a mercancía o instrumento a disposición del cliente;
L. Considerando que la gran mayoría de las personas que ejercen la prostitución proceden de grupos vulnerables;
M. Considerando la seria relación que existe entre el proxenetismo y el crimen organizado;
N. Considerando que en torno a la prostitución florecen la delincuencia organizada, la trata de seres humanos, los crímenes violentos y la corrupción, y que el más beneficiado con su legalización sería el proxeneta, que se convertiría en «hombre de negocios»;
O. Considerando los resultados de diferentes estudios, se concluye que la mitad de los compradores siguen pagando por servicios sexuales a pesar de los signos claros de que las personas prostituidas son menores de 18 años;
P. Considerando que los mercados de prostitución alimentan la trata de mujeres y niños y conducen a un aumento de la violencia contra ellas, especialmente en aquellos países en los que la industria del sexo se ha legalizado(24);
Q. Considerando que la prostitución y la trata de mujeres y mujeres menores de edad están relacionadas debido a que la demanda de prostitutas, ya sean víctimas de la trata o no, es la misma; considerando que la trata sirve como recurso para abastecer de mujeres y mujeres menores de edad los mercados de la prostitución;
R. Considerando que los datos de la UE indican que la actual política de lucha contra el tráfico de seres humanos no es eficaz y que hay un problema para identificar y perseguir a los traficantes, de modo que se ha de reforzar la investigación de casos de tráfico de personas con fines de explotación sexual y la persecución y condena de los traficantes de seres humanos;
S. Considerando que cada vez más jóvenes, de los cuales resulta alarmante que muchos sean niños, son obligados a ejercer la prostitución;
T. Considerando que la presión bajo la cual se ejerce la actividad de prostitución puede ser directa y física, o indirecta, por ejemplo a través de presiones sobre la familia en el país de origen, y puede consistir en una coacción psicológica insidiosa;
U. Considerando que la principal responsabilidad de luchar contra la trata de seres humanos recae en los Estados miembros, y que en abril de 2013 solo seis Estados miembros notificaron la transposición íntegra de la Directiva de la UE contra la trata de personas, cuyo plazo de aplicación expiró el 6 de abril de 2013;
V. Considerando que la Comisión, en su Estrategia para la igualdad entre mujeres y hombres (2010-2015), declara que «las desigualdades entre mujeres y hombres violan derechos fundamentales»;
W. Considerando que hay una enorme divergencia en el modo en que los Estados miembros abordan la prostitución, con dos enfoques fundamentales: un enfoque considera la prostitución como una violación de los derechos de las mujeres ―una forma de esclavitud sexual― que da lugar y mantiene la desigualdad de género con respecto a las mujeres; el segundo enfoque sostiene que la prostitución promueve la igualdad de género al fomentar el derecho de la mujer a controlar qué desea hacer con su cuerpo; considerando que en ambos casos los Estados miembros tienen competencia para decidir cómo abordar la cuestión de la prostitución;
X. Considerando que, si bien existe una diferencia entre prostitución «forzada» y prostitución «voluntaria», es obvio que la prostitución es una forma de violencia contra la mujer;
Y. Considerando que el asunto de la prostitución debe abordarse con una visión a largo plazo y según la perspectiva de la igualdad de género;
Z. Considerando que el proxenetismo, que implica autorizar la explotación sexual de otros, se ha legalizado en diversos Estados miembros, como Alemania, los Países Bajos y Grecia; y que los Países Bajos son uno de los países enumerados por la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito como un destino primordial de víctimas de la trata de seres humanos;
AA. Considerando que se calcula que son 400 000 las personas que ejercen la prostitución en territorio alemán, de las cuales solo 44 están oficialmente registradas en los organismos sociales a raíz de la ley de 2002 que legaliza la prostitución; considerando que no hay indicaciones viables de que esta legislación haya reducido los delitos, y que un tercio de los fiscales alemanes han observado que legalizar la prostitución ha hecho más difícil su trabajo de persecución del tráfico de seres y humanos y el proxenitismo;
AB. Considerando la tendencia mundial a trivializar la prostitución y considerarla una actividad normal, con fines de «diversión», pero también un trabajo;