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Tema: Piso alquiler protección oficial

  1. #1
    One day will come!
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    enero-2009
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    País vasco (Bilbao)
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    736

    Piso alquiler protección oficial


    Hola a todos!

    Me acaba de tocar un piso de alquiler de los de protección oficial! Imaginaros lo contenta que estaba hasta que me dicen que no puedo tener perros, ni gatos, ni ningún animal que se mueva por el suelo!
    Le acabo de escribir un email a la chica que me ha enseñado el piso contándola como es mi perrita, que es un perro que no da problemas, que si los dueños están preocupados por que les pueda dañar el piso, yo me comprometo a poner alfombras y a pagar más deposito del exigido, pero que porfavor de corazón se lo piensen porque .......¿cómo me voy a deshacer de mi perro¿?
    Mañana o pasado obtendré respuesta, pero si me dicen que no.....que bajón. Se a gente que le ha tocado (incluido un hermano mi) y han tenido que renunciar porque no les permitían llevarse al animal de ninguna manera.
    No se que obsesión tan absurda tiene la gente con eso de que les van a destrozar el piso. Deberían fijarse más en la persona que lo va a alquilar que en los animales.

  2. #2
    Usuari@ expert@ Avatar de aaaxxx
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    abril-2008
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    qué mala pata? y cuanto vale el alquiler de un piso de protección por esos lares, si no es mucha pregunta? Porque los alquileres están bajando, a ver si un particular te lo va a alquilar mejor.

  3. #3
    Usuari@ expert@ Avatar de Libertà!
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    mayo-2008
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    178
    Mírate bien la ley porque muchas veces en los contratos o los propietarios hacen lo que les da la gana, y sin embargo por ley sí puedes tenerlo.
    Te pongo lo que dice la ley aquí en Canarias:

    1º- Toda persona que habite una vivienda propia, alquilada o prestada, tiene perfecto derecho a tener consigo sus animales, perros, gatos, pájaros, loros etc.

    2º- La ley de propiedad horizontal no incluye la tenencia de animales domésticos entre las "actividades molestas" para la Comunidad ni otorga poderes ilimitados a los vecinos para que en sus estatutos establezca normas a su criterio, sin validez legal.

    3º- La L.A.U (Ley de Arrendamientos Urbanos) no prohíbe la tenencia de animales domésticos, aunque figure en el contrato.

    4º- No existe en el Ministerio de la Vivienda una ley que prohíba tener animales domésticos.

    5º- Todo animal es también protegido en cuanto "lo que es de su propia naturaleza" ladrar, maullar, cantar etc (B.O.E. 3.II.77)

    6º- S.M El Rey D. Juan Carlos I, promulgó en marzo de 1992 una Ley amparando y permitiendo tener animales domésticos en los hogares.

    7º- Cualquier agresión cometida a un animal (es denunciable) será castigado según lo expuesto en el artículo 26 de la Ley aprobada en el Parlamento.

    8ª- El propietario de perros está obligado a respetar las horas de descanso de la Comunidad, al igual como es natural todos los posibles ruidos existentes en una comunidad de vecinos como radio, televisores, fiestas etc.

    Suerte.
    Siento más tu muerte que mi vida....(19.10.08)

  4. #4
    Antiespecista Avatar de Veganofilo
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    mayo-2007
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    Hola, breathless55. No renuncies al piso (ni a vivir con tu perra). Entra a vivir con ella y defiende tus derechos, diga lo que diga el contrato.

    Si alguien está en una situación parecida, mi consejo es que no haga observaciones antes de entrar en la vivienda a la prohibición de vivir con animales. Dichas observaciones pueden ser empleadas como prueba de que se conocía dicha prohibición, lo cual es negativo a efectos legales. Haceos los locos y entrad en el piso con los animales.
    Puedes visitar la página web de la organización Ética Animal: http://etica-animal.org/

  5. #5
    mediocabrona proud member Avatar de arweny
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    Cita Iniciado por Libertà! Ver mensaje
    Mírate bien la ley porque muchas veces en los contratos o los propietarios hacen lo que les da la gana, y sin embargo por ley sí puedes tenerlo.
    Te pongo lo que dice la ley aquí en Canarias:

    1º- Toda persona que habite una vivienda propia, alquilada o prestada, tiene perfecto derecho a tener consigo sus animales, perros, gatos, pájaros, loros etc.

    2º- La ley de propiedad horizontal no incluye la tenencia de animales domésticos entre las "actividades molestas" para la Comunidad ni otorga poderes ilimitados a los vecinos para que en sus estatutos establezca normas a su criterio, sin validez legal.

    3º- La L.A.U (Ley de Arrendamientos Urbanos) no prohíbe la tenencia de animales domésticos, aunque figure en el contrato.

    4º- No existe en el Ministerio de la Vivienda una ley que prohíba tener animales domésticos.

    5º- Todo animal es también protegido en cuanto "lo que es de su propia naturaleza" ladrar, maullar, cantar etc (B.O.E. 3.II.77)

    6º- S.M El Rey D. Juan Carlos I, promulgó en marzo de 1992 una Ley amparando y permitiendo tener animales domésticos en los hogares.

    7º- Cualquier agresión cometida a un animal (es denunciable) será castigado según lo expuesto en el artículo 26 de la Ley aprobada en el Parlamento.

    8ª- El propietario de perros está obligado a respetar las horas de descanso de la Comunidad, al igual como es natural todos los posibles ruidos existentes en una comunidad de vecinos como radio, televisores, fiestas etc.

    Suerte.
    Ahora estoy intentando alquilar mi casa y me he inscrito tanto en el ayuntamiento como en la comunidad, al preguntar si en el contrato que ellos redactan podría incluir algunas claúsulas (en mi caso la prohibición de traladrar azulejos) me dijeron que no, que lo único, prohibir la entrada de animales, de hecho, yo también vivo de alquiler y cuando estuve buscando, muchas agencias incluian la prohibición de animales...

  6. #6
    Antiespecista Avatar de Veganofilo
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    Cita Iniciado por arweny45 Ver mensaje
    Ahora estoy intentando alquilar mi casa y me he inscrito tanto en el ayuntamiento como en la comunidad, al preguntar si en el contrato que ellos redactan podría incluir algunas claúsulas (en mi caso la prohibición de traladrar azulejos) me dijeron que no, que lo único, prohibir la entrada de animales, de hecho, yo también vivo de alquiler y cuando estuve buscando, muchas agencias incluian la prohibición de animales...
    Por poder, se puede incluir cualquier cláusula en un contrato: que no se puede entrar por la puerta con ropa roja, que no puede haber libros de historia en la casa, que no pueden entrar africanos... Pero todas esas cláusulas son abusivas, y han de entenderse como no puestas.

    Tenemos que defender que toda cláusula que prohíba vivir con animales es una cláusula abusiva, y por tanto ha de entenderse como no puesta.
    Puedes visitar la página web de la organización Ética Animal: http://etica-animal.org/

  7. #7
    Mediocabrón proud member
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    Este tipo de disputas suelen llevar a litigios en el caso de contratos de arrendamiento, pero de ompraventa...si ya suelen ser cláusulas no válidas en los de arrendamiento, en uno de compra yo creo que no da lugar.

    Vete a la oficina del consumidor de tu ciudad y consulta, y mi consejo es que acudas a un abogado, serán 100, 200 ó 300 euros, pero cuando lo que te juegas es tu piso y la tranquilidad de un papel que te cubra, no hay precio.

    Como siempre digo, ya nos vas actualizando.
    Última edición por Mad doctor; 09-mar-2009 a las 22:22

  8. #8
    Gatitapunk Avatar de Kolovrat
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    enero-2008
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    Asturies
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    vaya tela...yo tengo claro que de mi gatito no me deshago por nadita del mundo,"no sin mi gato"jajaja como la peli esa...
    pero vamos,luchalo todo lo que puedas.
    *La ley es poderosa,pero más poderosa es la necesidad*
    .Goethe.

  9. #9
    Usuari@ expert@
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    En el mundo.
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    Creo que eso es decisión de los propietarios, una conocida alquilo el piso por la CAM, y la pareja que lo alquilo tiene un perro grande, y nos les puso ningún problema.
    De todas formas yo no entiendo por que hay gente que tiene esa desconfianza con los animales.
    lucha por tu perrita solo te tiene a ti.

  10. #10
    Usuari@ expert@ Avatar de Libertà!
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    178

    Yo tuve un juicio por un tema de estos y lo gané. Eso sí, me llevé la ley en mano y demostré en todo momento conocer bien mis derechos.
    Antes ya había hablado con la inmobiliaria y palabras textuales: "con los perros no tienen nada que hacer, no te preocupes".
    En mi contrato prohibían animales. Yo metí dos perros grandes.
    Una vez dentro del piso no te pueden echar por tu perrita, alega que no tienes donde ir.
    Siento más tu muerte que mi vida....(19.10.08)

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