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Tema: ¿QUÉ HACER en CASO de no ENCONTRAR las PAPELETAS de una CANDIDATURA en la MESA?

  1. #11
    Cuestión de fondo Avatar de Snickers
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    Cita Iniciado por Snickers Ver mensaje
    Pues yo creo q deberás exigirlas en la Junta Electoral Provincial (o a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral), supongo. Y si no te importa q en el proceso algunos sepan tu posible opción política también puedes comunicarlo al partido político en cuestión para q te apoye y esté al tanto

    En cualquier caso, el voto por correo tiene un plazo límite q creo es el 16 de noviembre y si te llevan las papeletas el día 15 o 16 poco tiempo te queda para reclamar, pero es tu derecho y te tendrían q alargar el plazo
    Corrijo la cifra, es hasta el 17, incluyéndose ese día


    http://elecciones.mir.es/generales20...sde_Espana.htm
    Ni toda la oscuridad del mundo podrá acabar con la luz de una sola vela

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  2. #12
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    La información q ofrece el Ministerio del Interior

    http://www.infoelectoral.mir.es/Norm...procede_1.html
    SECCIÓN X. Voto por correspondencia

    Artículo 72.

    17 Los electores que prevean que en la fecha de la votación no se hallarán en la localidad donde les corresponde ejercer su derecho de voto, o que no puedan personarse, pueden emitir su voto por correo, previa solicitud a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, con los requisitos siguientes:
    a) El elector solicitará de la correspondiente Delegación, a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el décimo día anterior a la votación, un certificado de inscripción en el Censo. Dicha solicitud se formulará ante cualquier oficina del Servicio de Correos.
    b) La solicitud deberá formularse personalmente. El funcionario de correos encargado de recibirla exigirá al interesado la exhibición de su Documento Nacional de Identidad y comprobará la coincidencia de la firma. En ningún caso se admitirá a estos efectos fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
    c) En caso de enfermedad o incapacidad que impida la formulación personal de la solicitud, cuya existencia deberá acreditarse por medio de certificación médica oficial y gratuita, aquella podrá ser efectuada en nombre del elector, por otra persona autorizada notarial o consularmente mediante documento que se extenderá individualmente en relación con cada elector y sin que en el mismo pueda incluirse a varios electores, ni una misma persona representar a más de un elector. La Junta Electoral comprobará, en cada caso, la concurrencia de la circunstancias a que se refiere este apartado.
    d) Los servicios de Correos remitirán en el plazo de tres días toda la documentación presentada ante los mismos a la Oficina del Censo Electoral correspondiente.
    Artículo 73. 17

    1. Recibida la solicitud a que hace referencia el artículo anterior, la Delegación Provincial comprobará la inscripción, realizará la anotación correspondiente en el censo, a fin de que el día de las elecciones no se realice el voto personalmente, y extenderá el certificado solicitado.
    2. La Oficina del Censo Electoral remitirá por correo certificado al elector, a partir del trigésimo cuarto día posterior a la convocatoria y antes del sexto día anterior al de la votación, al domicilio por él indicado o, en su defecto, al que figure en el Censo, las papeletas y los sobres electorales, junto con el certificado mencionado en el párrafo anterior, y un sobre en el que figurará la dirección de la Mesa donde le corresponda votar. Con los anteriores documentos se adjuntará una hoja explicativa.
    El aviso de recibo acreditativo de la recepción de la documentación a que alude el párrafo anterior deberá ser firmado personalmente por el interesado previa acreditación de su identidad. Caso de no encontrarse en su domicilio, se le comunicará que deberá personarse por si o a través de la representación a que se refiere la letra c) del artículo anterior en la oficina de Correos correspondiente para, previa acreditación, recibir la documentación para el voto por correo, cuyo contenido se hará constar expresamente en el aviso.
    3. Una vez que el elector haya escogido o, en su caso, rellenado la papeleta de voto, la introducirá en el sobre de votación y lo cerrará. Si son varias las elecciones convocadas, deberá proceder del mismo modo para cada una de ellas. Incluirá el sobre o los sobres de votación y el certificado en el sobre dirigido a la Mesa y lo remitirá por correo certificado en todo caso antes del tercer día previo al de la celebración de las Elecciones. Este sobre no necesita franqueo.
    4. El Servicio de Correos conservará hasta el día de la votación toda la correspondencia dirigida a las Mesas Electorales y la trasladará a dichas Mesas a las 9 de la mañana. Asimismo, seguirá dando traslado de la que pueda recibirse en dicho día, hasta las 20 horas del mismo. El Servicio de Correos llevará un registro de toda la documentación recibida, que estará a disposición de las Juntas Electorales. Los sobres recibidos después de las 20 horas del día fijado para la votación se remitirán a la Junta Electoral de Zona.
    Artículo 74.

    46 El Gobierno, previo informe de la Junta Electoral Central, regulará las especialidades respecto de lo dispuesto en los dos artículos anteriores para el voto por correo del personal embarcado en buques de la armada, de la marina mercante o de la flota pesquera, del personal de las fuerzas armadas españolas y de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado que estén cumpliendo misiones en el exterior, así como para el voto por correo de los ciudadanos que se encuentren temporalmente en el extranjero entre la convocatoria de un proceso electoral y su celebración. (Modificado por la Ley Orgánica 9/2007, de 8 de octubre)
    Artículo 75.

    49 Ejercicio del voto por personas que viven en el extranjero.
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  3. #13
    Usuari@ habitual Avatar de Anne_crudi
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    Muchas gracias por la informacion, pero me acaba de llegar el voto y segun las intrucciones "solo puedo votar a las candidaturas proclamadas al Congreso de los Diputados en la circunscripcion en la que a Vs le corresponde votar" vamos que no hay nada que hacer no?

    Pues vaya faena, ya que solo barajaba esa opcion ahora no se que hacer...

  4. #14
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    ¿Estas en alguna de las provincias que no se ha podido presentar el PACMA? Siempre puedes meter publicidad animalista en el sobre, será un voto nulo pero servirá para hacer algo de propaganda...
    · Video: Paredes de Cristal, de Paul McCartney. Difúndelo! - También en otros idiomas. ·
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  5. #15
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    Cita Iniciado por Anne_crudi Ver mensaje
    Muchas gracias por la informacion, pero me acaba de llegar el voto y segun las intrucciones "solo puedo votar a las candidaturas proclamadas al Congreso de los Diputados en la circunscripcion en la que a Vs le corresponde votar" vamos que no hay nada que hacer no?

    Pues vaya faena, ya que solo barajaba esa opcion ahora no se que hacer...
    Bueno, si votas en las provincias de Navarra, Sevilla, Córdoba, Almería y Jaen en ellas el PACMA no ha podido presentarse debido a no haber cubierto el cupo del 0,1% de avales (del total del censo) q la ley q han sacado este año obliga a recoger
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  6. #16
    pasito a pasito.. Avatar de seitana
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    Gracias por toda la información

  7. #17
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    Holaaaa!

    Se presenta PACMA en Sevilla y sus pueblos? Será la primera vez que vote, y estoy muuuuuy perdido jeje

    Saludos!!

  8. #18
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    Cita Iniciado por joze.49 Ver mensaje
    Holaaaa!

    Se presenta PACMA en Sevilla y sus pueblos? Será la primera vez que vote, y estoy muuuuuy perdido jeje

    Saludos!!
    No, no se presenta
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  9. #19
    Cuestión de fondo Avatar de Snickers
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    http://www.pacma.es/n/11995/como_votar_al_pacma_el_20n

    Cómo votar al PACMA el 20N


    El día 20 de noviembre se celebran elecciones generales y se eligen representantes para el Congreso y el Senado. Por lo que se tendrá que votar con dos tipos de papeletas: blancas para el congreso y de color sepia para el senado.




    En el caso del Congreso, los votos son muy importantes puesto que dan mucha visibilidad a los partidos y en nuestro caso a la defensa de los derechos de los animales. Cada partido tiene sus propias papeletas, de color blanco, así que para apoyar a PACMA, debéis buscar la papeleta que diga: “Partido Animalista Contra el Maltrato Animal (PACMA)” y porte el logo de un toro. Nota: no escribáis nada en la papeleta porque se daría por nula.


    Ver papeleta ampliada del Congreso

    Con respeto al Senado, la papeleta es única para todas las formaciones que concurren en una circunscripción y es de color sepia.
    Para votar al candidato o candidatos de PACMA tenéis hacer una cruz en la casilla situada junto a su/s nombre/s. En algunas provincias presentamos más de un candidato al senado. Tened en cuenta que en la papeleta se pueden señalar un máximo de tres candidatos con sus respectivas cruces en las casillas laterales. Al igual que en el congreso, encontraréis a PACMA con la nomenclatura: “Partido Animalista Contra el Maltrato Animal (PACMA)” con el logo de un toro. Nota: sed muy cuidadosos al marcar las cruces en el caso del Senado y no escribáis nada extra, sino sería un voto nulo.

    Ver papeleta ampliada del Senado

    El horario de apertura de los colegios electorales es de 9 de la mañana a 8 de la tarde. Para votar debéis acreditaros, presentando el DNI, Carnet de conducir o Pasaporte en vigor.

    La ley marca que deben estar las papeletas blancas de PACMA para el Congreso a vuestra disposición en todos los colegios electorales de todas las circunscripciones donde presentamos candidatura. En el caso, del Senado como la papeleta sepia es única para todos los partidos, no podrán atentar contra la pluralidad y contra el PACMA.

    Si no estuvieran las papeletas, la ley indica que el/la presidente/a tiene la obligación de suspender las votaciones hasta que sean colocadas en un lugar visible.
    La votación puede suspenderse durante un máximo de una hora. El tiempo perdido se recuperará al final de la jornada electoral, por lo que dicho colegio deberá cerrar más tarde. Si las votaciones han sido interrumpidas durante más de una hora, las elecciones en esa mesa deben suspenderse. Si tienes algún problema ese día, puedes llamar a Información y denuncias de PACMA: Marta Jimeno (615 571 868 ) o Juan Codina (619906366)

    Mapa de candidaturas de Partido Animalista PACMA

    Muchísimas gracias por vuestro apoyo porque los animales importan.
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  10. #20
    Usuari@ habitual Avatar de Anne_crudi
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    Muchas gracias. Si soy de Almeria asi que no he puedo votar a Pacma, menuda faena la verdad, pero bueno solo espero que para las proximas si se puede votar.

    Por cierto alguien conoce a algun representante de este partido en Almeria?

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