LOS DERECHOS DE LA PRIMERA ENMIENDA
¿Tienen los presos derecho a comidas vegetarianas? Para responder a esta pregunta, es necesaria una discusión sobre el derecho expresado en la Primera Enmienda sobre la libertad de culto. La Primera Enmienda de la Constitución de Los Estados Unidos establece que “el Congreso no legislará acerca de una imposición religiosa o prohibirá su libre ejercicio...”. Los Tribunales, como los Colegios de Abogados, han intentado definir a este respecto el término “religión”; sin embargo, resulta casi imposible hacerlo de modo que todo el mundo esté de acuerdo. Religión puede ser definido de una manera amplia o reducida, y esta definición puede significar la diferencia entre que un preso tenga derecho o no a la práctica de un compendio de creencias o “religión”.
En 1965, el Tribunal Supremo dirigió la definición de religión en el caso de los Estados Unidos contra Seeger, 380 US 163, 85 S. Ct. 850 (1965), al reclamar éste para sí un estatuto que permitiese a los objetores por motivos religiosos negarse a hacer el servicio militar. El Tribunal declaró que la definición de dicho estatuto podría interpretarse de modo que incluyera cualquier “sincera y significativa” creencia que “ocupase un puesto en la vida de su posesor paralelo a aquel ocupado por la creencia ortodoxa en Dios de alguien claramente cualificado para esta exención” (Id. en 166). El Tribunal citó al Dr. David Saville Muzzey, un líder del movimiento Ético Cultural: “Religión, para todas las variadas definiciones que se han dado de ella, debe significar la devoción de un hombre hacia el más elevado ideal que pueda concebir. Y ese ideal es una comunidad espiritual en la cual las posibilidades morales latentes en los hombres habrán sido sacadas por sus esfuerzos recíprocos de cultivar lo mejor en sus semejantes”. Además, el Tribunal cita a Justice Douglas en el caso de los Estados Unidos contra Ballard, 322 US 78, 86, 64 S. Ct. 882, 886 (1944): “Los hombres pueden creer en lo que no pueden probar. No pueden ser puestos a prueba respecto a sus doctrinas o creencias religiosas. Las experiencias religiosas que para unos son tan reales como la vida misma pueden ser incomprensibles para otros.” Como resultado de esta amplia definición, la veracidad de una creencia no puede ser cuestionada; sin embargo, su sinceridad se debe determinar basándose en los factores de cada caso.
La comisión para la igualdad de oportunidades en el empleo [Equal Employment Opportunity Commission (EEOC)] también da una definición amplia de religión en los casos del Título VII. Las líneas guía de la EEOC, 29 CFR 1605 (1985), establecen que las creencias religiosas son “creencias éticas o morales sobre qué está bien y qué está mal que son mantenidas sinceramente, con la fuerza de las visiones religiosas tradicionales”. Además, la EEOC ha establecido también que las protecciones del Título VII no sólo se extienden a las creencias religiosas tradicionales, sino también a creencias morales o éticas [45 FED. REG. en 72, 611 (1980) [citando el análisis aplicado por el Tribunal Supremo en los casos de los Estados Unidos contra Seeger, 380 US 163 (1964), y Welsh contra los Estados Unidos, 398 US 333 (1970)].
¿ES EL VEGANISMO ÉTICO UNA RELIGIÓN?
Los ejemplos anteriores de definiciones amplias de religión son análogos al argumento de que el veganismo ético debería ser considerado o bien como una religión o bien, alternativamente, protegido como grupo en el mismo modo en que lo es la religión. Como el Tribunal estableció en el caso de Welsh, 398 US en 340, “Si un individuo mantiene, profunda y sinceramente, unas creencias cuya fuente y contenido son puramente éticos o morales pero que, sin embargo, le imponen un deber de conciencia que le hace rechazar la participación en cualquier guerra en cualquier momento, esas creencias ocupan efectivamente en la vida de ese individuo un espacio paralelo a aquel ocupado por Dios en las personas tradicionalmente religiosas”. Por analogía, un preso que sinceramente mantiene una fuerte creencia ética o moral en el rechazo del consumo de carne, o de cualquier producto de origen animal, podría decirse que mantiene unas creencias que ocupan un espacio paralelo al ocupado por Dios en las personas religiosas y, por lo tanto, al preso debería dársele derecho a una alternativa a la carne y a los productos de origen animal.
Al definir diferentes tribunales el término religión de muy diversas maneras, algunos tribunales no han seguido los casos de Seeger o Welsh cuando definen en modo amplio la religión. Por ejemplo, una legislación del Tribunal de Apelaciones de Kansas mantiene que, si la decisión de un preso de no comer carne está basada en la moral y no en creencias religiosas, la prisión no tiene que proveerle con comidas vegetarianas. La prisión decidía servir comidas sin carne sólo a los presos que fueran vegetarianos por razones de salud o religiosas, y el Tribunal estableció que existe una distinción entre creencias morales y religiosas [Sammons contra Simmons, 963 P.2d 444 (1998)].
CUESTIONES NUTRICIONALES
Si se determina que un preso tiene una base de argumentación a la posición de que sus derechos están constitucionalmente protegidos, la siguiente pregunta es si la política dietética de la prisión está razonablemente relacionada con propósitos penales legítimos. El caso de Turner contra Saffley, 482 US 78, 89, 107 S. Ct. 2254 (1987), proporciona la prueba para hacer un balance entre los intereses de la prisión y los del preso. Al valorar la sensatez de los reglamentos de una prisión, el Tribunal Supremo identificó cuatro factores a considerar: (1) si hay una conexión racional entre el reglamento de la prisión y el legítimo interés gubernamental; (2) si hay medios alternativos para el prisionero de ejercer sus derechos; (3) qué impacto tendrá en guardias, en otros prisioneros y en la asignación de los recursos de la prisión la adecuación constitucional requerida por el prisionero; y (4) si la ausencia de alternativas es indicio de la sensatez del reglamento de una prisión (Turner, 482 US en 89-90). El Tribunal Supremo ha mantenido que Turner se acogió a todas las reclamaciones constitucionales surgidas en prisión excepto a las relativas a la Octava Enmienda.