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Tema: Sobre licencia PPP

  1. #1
    Seres extraños Avatar de Safanoria
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    Sobre licencia PPP


    A veces se dan casos de que encontramos animales abandonad@s y necesitamos sacarles de la calle. En caso de que una persona quisiera acoger a un PPP (perro considerado "potencialmente peligroso") no podría hacerlo sin licencia? ¿De qué manera se puede obtener esta licencia?

    Gracias!
    :chupi:

  2. #2
    Que te pyrex... Avatar de Crisha
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    ¿Licencia?
    yo tenía entendido que es necesario tener un seguro de responsabilidad civil contratado. Es esa la licencia a la que te refieres?
    We do not inherit the Earth from our ancestors: we borrow it from our children.

    El optimismo de la acción es preferible al pesimismo del pensamiento. Proverbio Cree.

  3. #3
    cardo escéptico Avatar de Chaia
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    A veces se dan casos de que encontramos animales abandonad@s y necesitamos sacarles de la calle. En caso de que una persona quisiera acoger a un PPP (perro considerado "potencialmente peligroso") no podría hacerlo sin licencia? ¿De qué manera se puede obtener esta licencia?

    Gracias!
    Todos los paseadores tienen que tenerla. En Madrid estos son los requisitos: http://www.centrodeacogida.org/licencia.asp Te copio el artículo de la ley:

    Aquellas personas que, sin ser propietarios ni poseedores o usuarios en propio interés, se dediquen por cuenta de otros al cuidado, mantenimiento, educación o entrenamiento de perros potencialmente peligrosos, deberán estar igualmente en posesión de la licencia a que se refiere el artículo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 1.2 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre.
    No me des opiniones: dame datos.

  4. #4
    cardo escéptico Avatar de Chaia
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    ¿Licencia?
    yo tenía entendido que es necesario tener un seguro de responsabilidad civil contratado. Es esa la licencia a la que te refieres?
    No, para los ppp hace falta solicitar una licencia y pasar un psicotécnico y examen de aptitudes físicas. Además del seguro correspondiente, que es considerablemente más caro que el de un perro no incluido en esa categoría. Se supone que los Aytos llevan un registro de perros peligrosos.
    No me des opiniones: dame datos.

  5. #5
    Que te pyrex... Avatar de Crisha
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    Todos los paseadores tienen que tenerla. En Madrid estos son los requisitos: http://www.centrodeacogida.org/licencia.asp Te copio el artículo de la ley:
    Depende de la comunidad autónoma, no?
    Lo digo porque juraría que en otros sitios sólo es necesario el SRC.
    Leo lo que has puesto de la licencia. De todos modos, la lista de PPP depende de cada ayuntamiento, no?
    Y el SRC sólo es obligatorio para este tipo de perros y no para todos. O estoy muy equivocada?

    Edito para decir que sí que estaba equivocada. son necesarias ambas cosas.
    Gracias, guapas
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  6. #6
    cardo escéptico Avatar de Chaia
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    Depende de la comunidad autónoma, no?
    Lo digo porque juraría que en otros sitios sólo es necesario el SRC.
    Leo lo que has puesto de la licencia. De todos modos, la lista de PPP depende de cada ayuntamiento, no?
    Y el SRC sólo es obligatorio para este tipo de perros y no para todos. O estoy muy equivocada?
    Me temo que no, es un Real Decreto.

    Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. «BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 2002, páginas 12290 a 12292 (3 págs.) Aquí.


    Real Decreto 1570/2007, de 30 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. «BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2007, páginas 51033 a 51033 (1 pág.) Aquí.

    Edito: nos hemos cruzado Besitos.
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  7. #7
    Seres extraños Avatar de Safanoria
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    Vale.. Es justo la página que estaba mirando. Ahora, que no sé dónde hay que solicitar todos esos documentos. Podéis ayudarme?

    ACREDITACIÓN DE REQUISITOS

    1. El cumplimiento de los requisitos establecidos para la obtención o renovación de la licencia se acreditará según lo establecido en el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo. En la Comunidad de Madrid las capacidades físicas, psíquicas y psicológicas se acreditarán mediante un solo documento que incluya los certificados de capacidad física y aptitud psicológica, expedido por un centro de reconocimiento debidamente autorizado, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 2272/1985, de 4 de diciembre.

    2. El certificado acreditativo de las capacidades físicas, psíquicas y psicológicas, tendrá un plazo de vigencia, a efectos de eficacia procedimental, de un año, a contar desde la fecha de su expedición, durante el cual podrá ser utilizado, mediante duplicado, copia compulsada o certificación, en cualquiera de los procedimientos administrativos que se inicien a lo largo del indicado plazo.

    3. El coste de los reconocimientos y del certificado acreditativo de las capacidades físicas, psíquicas y psicológicas, correrá a cargo de los interesados.
    1. ¿Dónde podría sacarme el certificado acreditativo de las capacidades éstas que dice? No tengo ni idea, no sabía que existían sitios donde te daban este tipo de cosas. ¿Es como el certificado psicotécnico del coche? ¿Sabéis cuánto puede llegar a costar?

    2. ¿Y el certificado de antecedentes penales? ¿Eso de dónde se saca?
    :chupi:

  8. #8
    Que te pyrex... Avatar de Crisha
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    Para el certificado de penales http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satel...8/Detalle.html

    Lo otro: ir a un centro de psicotécnicos y decir que es para esto. Pagar los dineros correspondientes y si hay suerte, hasta te harán un psicotécnico de verdad
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  9. #9
    Seres extraños Avatar de Safanoria
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    Crisha, estás en todo! Gracias

    Alguna idea sobre cuánto puede costar el seguro? Se paga anual? Imagino que no entra dentro del seguro del hogar...
    :chupi:

  10. #10
    cardo escéptico Avatar de Chaia
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    Crisha, estás en todo! Gracias

    Alguna idea sobre cuánto puede costar el seguro? Se paga anual? Imagino que no entra dentro del seguro del hogar...
    Míralo aquí, es el seguro que yo tengo para Naria. A partir de 67,22 euros al año. Yo a Naria le tengo hecho el de 50 euros.
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