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Tema: Las falsas denuncias de maltrato y abusos sexuales

  1. #301
    Cuestión de fondo Avatar de Snickers
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    Cita Iniciado por sagatxu Ver mensaje
    http://www.jessicafillol.es/2016/02/...-desde-genmad/
    Estos tienen gente que aseguran que las mujeres asesinadas por asesinos machitas son las únicas culpables de su propio asesinato, que los pobrecitos no tuvieron más remedio que asesinarlas, incluso dicen que seguro que hay denuncias de ellos contra ellas. dicen que en la caso de los niños asesinados por su padre con una radial, fue culpa de la madre por ponerle al límite. Cosas que pasan en todas las casas oiga
    Curiosamente, de ese escrito se llega a este enlace:

    http://justiciadegenero.com/cuando-e...uncias-falsas/


    Con un gráfico muy interesante.







    La web tiene una escrito interesante:

    http://justiciadegenero.com/informe-...genero-madrid/

    EFECTOS DE IATROGENIA
    En nuestra opinión y en la de nuestros asesores, algunos de estos efectos perversos son: 1.- Aumento del número de asesinatos en el ámbito familiar, sosteniéndose en el tiempo el número de mujeres asesinadas. 2.- Aumento espectacular de los costes públicos relacionados con los ámbitos policial, judicial, asistencial, sanitario, etc. sin haber obtenido unos resultados que lo justifiquen. 3.- Preocupante ocultación del altísimo nivel de denuncias instrumentales que colapsan los servicios públicos, en detrimentos de verdaderas víctimas.
    4.- Aumento espectacular del número de detenciones ilegales llevadas a cabo por las FCSE, según datos que hemos facilitado a las autoridades europeas pertinentes.
    5.- Preocupante reacción de las instituciones en negarse a estudiar las raíces de la violencia intrafamiliar, dedicando casi todos los recursos públicos a tratar los síntomas pero no la epidemiología de esta lacra social.
    6.- Más preocupante es aún la falta de voluntad de perseguir las denuncias instrumentales, colaborando las instituciones en la comisión de dichos delitos.
    7.- Ocultación del alto nivel de desempleo entre profesionales del Derecho y la Psicología a través de cientos de millones de euros para distribuir entre estos profesionales en el paro, pero que trabajan “de oficio”. 8.- Preocupante indefensión de miles de ciudadanos a los que no se les está aplicando la presunción de inocencia en nuestro país (Viviane Redding, 07/04/2014) y, negándoseles el Habeas Corpus, de forma sistemática y sistémica (STC 2014).
    9.- Preocupante miopía de las instituciones en no querer ver que casi el 80% de las mujeres asesinadas estaban involucradas en un proceso de separación y/o divorcio (Mª Jesús Izquierdo, Emakunde 2012) y, que en el resto de los casos existían problemas de tipo psicoafectivos, psicodependencia, adicciones, enfermedades mentales, etc. (Ministerio del Interior 1999-2010). 10.- Nula capacidad de las instituciones para lograr poner a salvo la vida de al menos alguna de las mujeres que, finalmente, fueron asesinadas. 11.- El efecto más perverso logrado hasta ahora ha sido la indiferencia social ante este tipo de problemas. Todo el mundo sabe que existen denuncias falsas salvo los políticos y las instituciones. Mucha gente sabe que existen discusiones en parejas de familias y/o amigos, y ello no entraña que tenga que ser necesariamente una situación de maltrato hacia la otra parte. 12.- Olvido de crear una real y eficaz herramienta educativa con el fin de conseguir que quien necesite ayuda, la pida. 13.- Preocupante ceguera de las instituciones ante el archiconocido y estudiado académicamente “Efecto Werther”. 14. Ocultación por parte de las instituciones o, simple desconocimiento de la pérdida de cerca de 500.000 puestos de trabajo directos e indirectos.


    PROPUESTAS Y PETICIONES DE NUESTRO COLECTIVO Reconversión de la LO 1/2004 en una ley de violencia intrafamiliar que proteja de manera igualitaria a todos los miembros de la familia, incluyendo a heterosexuales, homosexuales y transexuales. Fundamental que se modifiquen las prácticas de protección. Es necesario contar con al menos cinco casas de acogida para al menos 25 mujeres, para en los casos de riesgo medio, alto, alto y extremo, obligar a la supuesta víctima a irse a una casa de acogida un periodo de entre dos y cuatro meses, a una comunidad autónoma a más de 200 km del supuesto agresor hasta resolución judicial. De esta forma evitaremos más muertes y que gente que use de forma abusiva este recurso, deje de hacerlo, el colapso de los juzgados y los medios para las víctimas reales. Esta medida resultó eficaz den programas de Canadá. La publicidad institucional no será ”mujer denuncia” sino “mujer, si sufres malos tratos, tenemos medios y lugares para protegerte, pide ayuda o acude a la policía”. Que las penas sean iguales para todos los ciudadanos, sea cual sea su sexo u orientación sexual. Que se respeten los derechos fundamentales tanto de las denunciantes como de los denunciados, estos últimos en lo que se refiere a la presunción de inocencia y detenciones. Léase: Constitución Española, arts. 24.2 y 104 Protocolo Actuación Junio 2004 Instrucción de la SES 05/2008 Norma Técnica DAO GC 1/2008 Protocolo Actuación de las FCS y de Coordinación con los Órganos Judiciales Para la Protección de las Víctimas de Violencia Doméstica y de Género LOFCS 2/1986, art. 5.2 Real Decreto 991/2006 Manual de Policía Judicial Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ONU) art. 14.2 Convenio Europeo de Derechos Humanos, art. 6.2 Que se hagan públicas las cifras de violencia ejercida sobre menores por parte de sus cuidadores (hombres o mujeres, o ambos), las de violencia sobre el hombre ejercida por su pareja o ex -pareja, esposa o ex –esposa, así como las de violencia entre parejas del mismo sexo.
    Que se informe de cuántas de las personas (hombres y mujeres) que se han suicidado, entre los años 2005 y 2014, estaban inmersos en un proceso judicial por violencia de género o doméstica, y/o en un proceso relacionado con el Derecho de Familia.
    No condenar como delito lo que en otro ámbito sería una falta (por ejemplo: insulto o empujón en el transcurso de una discusión). Que los JVM no sean competentes en temas de familia cuando la denuncia o condena sea en base al artículo 153 del Código Penal. Creación de un sistema, similar al VPR, que garantice la fiabilidad y veracidad de los hechos denunciados y, en el caso de no haber verosimilitud, reflejar CLARAMENTE en diligencias la posibilidad de simulación de delito, de manera que fiscalía deba actuar de oficio contra la falsa denunciante y estafa procesal. Inclusión en diligencias policiales información al juez competente antecedentes de posibles denuncias anteriores y su resultado.
    Inclusión en diligencias del informe vecinal, familiar y de posibles antecedentes por alcoholismo, drogadicción o enfermedad mental (según instrucción SES 5/2008 y Norma Técnica DAO GC 1/2008) para poder adoptar medidas preventivas adecuadas a cada caso. Grabación audiovisual de la denuncias, al igual que se graban los juicios en los JVM. A efectos judiciales, un apartado donde se refleje en la denuncia si están en proceso de divorcio, ruptura como pareja de hecho o modificación de medidas con menores y si hay una petición previa de custodia compartida de los hijos.
    Creación del curso de especialidad para los agentes encargados de violencia doméstica y de género, así como programas de formación continua, tanto en asuntos de asistencia a los/as denunciantes como en legislación, para todos los miembros de las FCS. Que las estadísticas efectuadas por el Observatorio de Violencia sobre la Mujer (http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/...er__2005_2012_), se hagan en función de las denuncias instruidas (tal y como hace la fiscalía al computar las denuncias falsas por violencia de género) y no sobre las sentencias. Ya que, como hasta la fecha se viene haciendo, se desvirtúan completamente los porcentajes, dejando fuera los sobreseimientos y desistimientos que, curiosamente, son la mayor parte de las denuncias instruidas.
    Que, cuando el juzgado y/fiscalía comprueben que la denuncia es falsa, se actúe de oficio en el mismo acto contra la persona que ha denunciado en falso, con asignación de letrado distinto al anterior, por si hubiera que actuar contra éste por posible estafa procesal y colaboración en la denuncia falsa. Que, en el caso de no reconvertir la LO 1/2004 tal y como se solicita en el primer punto, redefinir el artículo 1. de la misma, simplemente cambiando el adverbio “como” por el adverbio “cuando” como sigue: Artículo 1. Objeto de la Ley. La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como “cuando la” manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relación ….
    Que, cuando se ofrezcan las estadísticas de muertes en el ámbito familiar o, en su defecto, por violencia a manos de sus parejas o exparejas de sexo masculino, se especifique la causa exacta tal y como se hace en el resto de Europa (en la imagen aquí debajo representada se ofrece un claro ejemplo):



    SOLUCIONES AJURÍDICAS E INDEXADAS

    6.- Utilización de términos más neutrales, y tratar con más tacto las palabras “machismo”, “patriarcado”, “género”, “feminismo” de todos los discursos oficiales, así como leyes y sentencias, ya que están radicalizando posturas y enfrentamiento de ideas. La radicalización de la idealización de conceptos es una de la raíces de la violencia, según los estudios sobre violencia entre jóvenes. 7.- Aplicar el agravante especial en estos casos, eliminando así la discriminación positiva (o acción positiva) con la que muchos hombres y jóvenes se sienten seriamente agraviados y, con la que muchas mujeres y jóvenes se sienten tratadas como seres inferiores. 8.- Dejar de confundir a la ciudadanía con el hecho de que la mujer es débil y vulnerable, por el mero hecho de ser mujer. Esto está provocando muchas reacciones contrarias de miles de mujeres, y no digamos, de hombres.
    17.- Cautelas en medidas civiles en juzgados de familia. Despenalizar las simples peleas (diferenciar CLARAMENTE las situaciones de conflicto de las de violencia) por la custodia o de separación, o cualquier otro proceso del ámbito familiar.
    Última edición por Snickers; 19-mar-2016 a las 11:53
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  2. #302
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    Lo que no se cuenta de la ley de violencia de género

    30/05/2010 Tribuna | FELIPE PÉREZ DEL VALLE
    Abogado del I.C.A. de León. Consejero de Defensa de la Corte Penal Internacional

    Se cumple el quinto aniversario de la entrada en vigor de las medidas penales de la Ley de Violencia de Género (junio 2005, junio 2010) y ya contamos con suficientes datos estadísticos para analizar sus efectos jurídicos y lo que no se cuenta de la misma.

    Desde la perspectiva de la mujer, se ha pretendido que dicha Ley sea la panacea de todos sus males y para ello no se han escatimado medios a su favor, promulgándose una prolija normativa como desarrollo de la misma, sin comparación en Europa, aunque España sea el octavo país de Europa por el número de casos de muertes de mujeres y a pesar de que la tercera parte de las víctimas y de los imputados sean extranjeros.

    Para el hombre, en cambio, ha sido totalmente perjudicial, a pesar de que también los hombres son víctimas de sus parejas y exparejas, en menor medida, es cierto, pero ¿dónde se pone el límite para una ley similar a favo r de los hombres? Según los datos nacionales sobre cifras mortales en violencia doméstica y de género, el número de hombres asesinados y el porcentaje sobre el total de hombres-mujeres ha sido el siguiente desde 2001 hasta 2005:

    Desde su entrada en vigor el 29 de junio de 2005 hasta el 31 de diciembre de 2009, es decir, cuatro años y medio, se han registrado 823.580 procedimientos penales en los Juzgados de Violencia de Género contra los hombres, lo que ha supuesto que un 4,34% de la población varonil española mayor de 18 años ha sido objeto de un procedimiento penal por violencia de género.

    Más de la mitad de esos 823.580 hombres han pasado por una dependencia policial como detenidos y de esta mitad la mayor parte de ellos una noche en un calabozo horrible; curiosamente no existen datos estadísticos a este respecto, quizás porque asustaría el comprobar un número tan elevado.

    Además, a consecuencia de estos procedimientos penales se adoptaron en ese periodo de tiempo 315.947 medidas cautelares de naturaleza penal contra los hombres, entre ellas 13.671 privativas de libertad y en 168.184 casos la denominada antiguamente «pena de destierro» (27.691 salidas de domicilio; 140.493 alejamientos). Aprovechando esos 823.580 procedimientos penales, las medidas cautelares de naturaleza civil adoptadas en perjuicio del hombre fueron 94.416: en 28.500 supuestos se atribuyó la vivienda a la mujer; se dictaron 15.553 suspensiones del régimen de visitas, de la patria potestad y guarda y custodia. Lo que es perjuicio para el hombre resulta beneficio para la mujer.

    En ese dato de más de 800.000 procedimientos penales se oculta siempre en los medios de información y en los innumerables organismos públicos que se han creado ex profeso para luchar contra una parte de la violencia, la que afecta a la mujer, que cerca de la tercera parte de los hombres no son condenados, y a los cuales, en materia penal, no se les compensa, indemniza o se les pide perdón por sus padecimientos derivados de la detención policial, estancia en un calabozo policial, sometimiento a un procedimiento penal e incluso prisión; y en el ámbito civil, no pueden recuperar el tiempo que les privaron de estar con sus hijos, con sus amigos, en su domicilio, y por supuesto no se hace la misma publicidad de su absolución que de su detención, y ni siquiera se procede a la cancelación automática de sus antecedentes policiales y de su reseña policial tras el sobreseimiento o sentencia absolutoria.

    Así, el número de sobreseimientos y sentencias absolutorias, es decir, de hombres que a pesar de haber sufrido un procedimiento penal no son condenados ha sido de 251.251 casos, o el 30,50%.

    Debe destacarse el número tan elevado de sobreseimientos o supuestos en los que ni siquiera el hombre llega a juicio (167.717) y que cerca de la mitad de los hombres que celebraron juicio en los Juzgados de lo Penal, donde se enjuician el mayor número de casos por delitos, fueron absueltos (48.299 sobre 103.697 sentencias dictadas, es decir, el 46,57%). De estos hombres nada se dice.

    Con los datos de sobreseimientos existentes habría que hablar de denuncias falsas y de denuncias interesadas por los beneficios que aporta la Ley a las denunciantes, sobre las que los medios informativos y gubernamentales se niegan a mencionarlas. Hay denuncias falsas en materia de violencia de género, pero no sabemos su número porque no se quiere llevar una estadística de las mismas (una parte de los sobreseimientos serían denuncias falsas) y porque cuando existe una condena, el delito es independiente de la materia de violencia de género, no pudiendo encuadrase entre sus numerosas estadísticas.

    En cuanto al procedimiento judicial, con esta Ley se mantienen las prisas en el enjuiciamiento a través el juicio rápido en una jurisdicción especial creada ex profeso (los Juzgados de Violencia sobre la Mujer), compaginando los ámbitos civil y penal, medidas de protección y cautelares, para ser ejecutadas con carácter de urgencia. De hecho, la tercera parte de los asuntos penales tramitados lo han sido como diligencias urgentes de juicio rápido, sin tiempo para una adecuada defensa, como se ha denunciado continuamente por la Abogacía.

    Otras consecuencias negativas derivadas de la Ley de Violencia de Género para el hombre afectan al condenado por maltrato: la suspensión de la pena privativa de libertad está sometida a unas condiciones superiores; la sustitución de la prisión solamente puede ser por trabajos en beneficio de la comunidad; el cumplimiento está sometido a unas prohibiciones específicas; y a todo ello hay que sumar la realización de los llamados programas de reeducación pues en caso de negarse irá a la cárcel. Por otra parte, el hombre maltratador nunca se ha visto favorecido por el indulto.

    En definitiva, se discrimina al hombre antes (se le persigue solamente a él y no a la mujer), durante (con procedimientos judiciales que aminoran las posibilidades de defensa) y después de la sentencia (al obligarle a cumplir medidas solamente previstas para él).

    Ciertamente no se aplica para nada la Ley de Violencia de Género a favor del hombre. No se tiene en cuenta lo dispuesto en el artículo 1-1 de la misma: «La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido -¦». Tampoco lo que se dice en su exposición de motivos: «Se trata de una violencia que se dirige contra las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión». Y que decir tiene que ni siquiera lo que se menciona en el Plan Nacional de Sensibilización y Prevención: «el propio sistema judicial ejerce una función de prevención general que a partir del mandato que el artículo 9-2 de la Constitución hace a todos los poderes públicos, debe abarcar todos aquellos ilícitos en los que se sostiene la desigualdad entre hombres y mujeres».

    Estas buenas palabras no pueden ocultar una cruda realidad: que se denuncia muy a la ligera y se condena como si fuera violencia de género hechos que nada tienen que ver con situaciones de desigualdad o discriminación, o relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres. Ahora, gracias a esa Ley, más bien es al contrario, el poder está en manos de la mujer, siendo conocida en los medios jurídicos la expresión utilizada de «o me das-¦ o te denuncio por violencia de género».

    Ha llegado el momento de derogar los efectos penales de esta Ley para evitar que, con la misma, se siga sometiendo injustamente a procedimiento judicial y al padecimiento de medidas cautelares restrictivas de derechos, al mayor número de hombres inocentes de toda la historia de la codificación penal española.


    ________________

    http://www.diariodeleon.es/noticias/...ro_652274.html

    ¿El olvido de la ley de violencia de género?


    FELIPE PÉREZ DEL VALLE. Abogado del I.C.A. de León

    09/12/2011

    Han pasado más de seis años desde la entrada en vigor el 29 de junio del 2005 de los efectos penales de la Ley de Violencia de Género. Ya puede analizarse con detalle la eficacia práctica de la ley y comprobar las consecuencias para los hombres que en algún momento de su vida tuvieron una relación de afectividad con una mujer.

    Un primer dato que asusta es que en estos seis años de datos estadísticos se han registrado 1.095.753 procedimientos penales en los Juzgados de Violencia de Género; significa que un 6% de los hombres mayores de 18 años ha sido imputado.

    Este elevadísimo número de acusados deriva de una ley que pasó a considerar delito conductas realizadas por hombres contra sus parejas o exparejas que con anterioridad eran simples faltas, y que se promulgó a pesar de que España estaba por debajo de la media europea y mundial en muertes por violencia de género. En una noticia de 3 de mayo del 2010, publicada en la página web del Observatorio de Violencia se decía que «España es uno de los países del mundo donde menos mujeres son asesinadas por sus parejas».

    También se olvida que una parte considerable de los delitos que trata de prevenir se producen en la población extranjera (víctimas y agresores), respecto de la cual las medidas educativas no han tenido ninguna influencia, al haber venido a España en edad no escolar. De hecho, del total de asuntos incoados por violencia de género en el periodo 29 de junio del 2005 a 31 de diciembre del 2009, el 69,4% de las víctimas tenía nacionalidad española, y el 30,6% nacionalidad extranjera. Según datos del Instituto Centro Reina Sofía «el 71,91% de los feminicidas de pareja son españoles y el 28,09% restante extranjeros, procedentes, principalmente, de países iberoamericanos y de la UE». Se refiere a datos del año 2000 al 2009. A partir del 2008 supera el 36%.

    De ambas circunstancias olvidadas se deriva una sanción severa para el español por hechos encuadrados en violencia de género causada de manera importante en el ámbito de otras culturas, y sin tener en cuenta que en las culturas que se dice más avanzadas, el feminicidio es más alto (países nórdicos, Estados Unidos, Francia, Reino Unido). A pesar de ello, la Ley española es la más perjudicial para el hombre.

    Otro olvido importante de la aplicación de la Ley de Violencia de Género es que más de la mitad de ese millón noventa y cinco mil hombres han pasado por una dependencia policial como detenidos; de esta mitad, la mayor parte de ellos una noche en un calabozo. Curiosamente no existen datos estadísticos publicados a este respecto, quizás porque asustaría el comprobar un número tan elevado y en buena parte desproporcionado para la entidad del delito objeto de acusación: más del 60% de los delitos instruidos tiene su causa en la supuesta comisión del delito de lesiones del artículo 153 del Código Penal, es decir, causar menoscabo psíquico o lesión no constitutiva de delito, o maltrato sin lesión, que antes de la Ley de Violencia de Género era falta.

    El dato más olvidado en los medios de información y en los innumerables organismos públicos que se han creado ex profeso para luchar contra una parte de la violencia, la que afecta a la mujer, es que cerca de ¡la tercera parte de los hombres no son condenados!, y a los cuales, en materia penal, no se les compensa, indemniza o se les pide perdón por sus padecimientos derivados de la detención policial, estancia en un calabozo policial, sometimiento a un procedimiento penal e incluso prisión; en el ámbito civil, no pueden recuperar el tiempo que les privaron de estar con sus hijos, con sus amigos, en su domicilio, y por supuesto no se hace la misma publicidad de su absolución que de su detención, ni siquiera se procede a la cancelación automática de sus antecedentes policiales y reseña policial tras el sobreseimiento o sentencia absolutoria.

    Se olvida, pues, que el número de sobreseimientos y sentencias absolutorias en los 6 años comprendidos entre la entrada en vigor de la Ley de Violencia de Género y el 30 de junio del 2011 asciende a la cifra de 359.583 casos, el 32,81% de los procedimientos.

    Debe destacarse el número tan elevado de sobreseimientos o supuestos en los que ni siquiera el hombre llega a juicio (241.834), de los cuales 4.384 en el año 2009, 5.251 en el año 2010 y 2.781 en el primer semestre del 2011 fueron sobreseimientos libres, es decir, no hubo delito —lo que puede equivaler a denuncias falsas—. Un olvido imperdonable que merece destacarse es que la mitad de los hombres que celebraron juicio en los Juzgados de lo Penal, donde se enjuician el mayor número de casos por delitos, fueron absueltos, exactamente en estos 6 años de datos estadísticos judiciales, el 47,71% de los hombres que sufrieron un juicio en el Juzgado de lo Penal fueron absueltos.

    Se olvida finalmente que cuando se interpone una denuncia por una mujer contra su pareja o expareja entran en funcionamiento de manera mecánica los protocolos de actuación de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado contra el hombre: se produce su detención de forma inmediata, sin realizar una mínima investigación acerca de si el hecho denunciado tuvo lugar de verdad o sobre la participación del denunciado. Se detiene al hombre y punto, sin comprobar las justificaciones que pueda dar sobre su inocencia. Consecuencia de ello es el elevado número de sobreseimientos judiciales.

    Nunca en la historia judicial española se ha producido un número tan elevado de procedimientos penales y, ni mucho menos, un número tan elevado de no condenados, de inocentes que no son compensados. Ante estos datos oficiales solamente cabe la modificación de la ley.
    Última edición por Snickers; 19-mar-2016 a las 12:29
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  3. #303
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    Movemos al hilo que le corresponde.
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  4. #304
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    Movemos al hilo que le corresponde.
    Ruego os leáis los tres post sobre el texto (en este hilo los nº300, 301 y 302):

    OTRAS VOCES FEMINISTAS-MANIFIESTO

    ya q en ningún momento mencionan las denuncias falsas. Es un texto feminista, sobre un enfoque feminista, firmado por docenas de feministas (personas ilustres como Manuela Carmena, Elvira Lindo, Maruja Torres, etc) q lo propio es q se siga dejando en el hilo sobre el feminismo

    ¿Que tiene este texto para corresponderle estar en este hilo en vez de en el otro del feminismo?

    Supongo q lo habreís metido sin querer en el paquete y por eso lo menciono.

    saludos
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  5. #305
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    Ruego os leáis los tres post sobre el texto (en este hilo los nº300, 301 y 302):

    OTRAS VOCES FEMINISTAS-MANIFIESTO

    ya q en ningún momento mencionan las denuncias falsas. Es un texto feminista, sobre un enfoque feminista, firmado por docenas de feministas (personas ilustres como Manuela Carmena, Elvira Lindo, Maruja Torres, etc) q lo propio es q se siga dejando en el hilo sobre el feminismo

    ¿Que tiene este texto para corresponderle estar en este hilo en vez de en el otro del feminismo?

    Supongo q lo habreís metido sin querer en el paquete y por eso lo menciono.

    saludos
    Tienes razón, disculpa. Lo que no entiendo es por qué has replicado por tu cuenta los mensajes sin esperar a que lo solucionásemos desde Moderación. Borro de aquí, por comodidad.
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  6. #306
    Vegano Avatar de David Arnold
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    Ni toda la oscuridad del mundo podrá acabar con la luz de una sola vela” (cita de tu propia firma).

    En cuanto al primer texto que enlazas (mensaje #1 de este hilo):

    En primer lugar la página de la que extraes la información (secuestro-emocional.org) está caída a día de hoy (19-03-2016), no sé qué problema hay pero no puedo acceder a ella por lo tanto no puedo contrastar viendo la página. No sé qué organización es esa de secuestro emocional.org ni sé su veracidad. No puedo saber en qué datos se basa para hacer la afirmación que hace, a saber: “Las falsas denuncias de maltrato y abusos sexuales en la España de género [¿qué es este concepto de España de género?], se revelan, cada vez más, como un instrumento de persecución política contra los varones” [toma ya]. No puedo comprender varias cosas, como por ejemplo en qué se basa el autor de dicho artículo para decir que existe una persecución de carácter político contra los varones por el hecho de ser varones (¿?). Persecución política que se manifiesta al parecer en las denuncias falsas por maltrato y abusos sexuales. Este tipo de afirmaciones, habrá que demostrarlas, digo yo. El artículo continúa diciendo en su primer párrafo queMª Paz Tejedor, psicóloga forense, en la revista de Jueces para la Democracia, en su nº Nº 57 de Noviembre de 2006, denuncia el abuso de las denuncias de abuso y la pasividad judicial frente a las denuncias falsas de género”. Es decir, que se dicen dos cosas:

    1º: que existe un abuso de las denuncias por abuso. Supongo que se refiere con que se abusa a que se denuncia de forma falsa y se denuncia cuando no hay abuso.
    2º: que existe una pasividad judicial frente a dichas denuncias falsas. Lo cual quiere decir que no sólo hay muchas denuncias falsas sino que además los jueces vuelven la cara ante éstas y no hacen nada.

    Sin embargo el artículo ni demuestra el punto uno ni demuestra el punto dos, se limita a decirlo y como prueba de la veracidad de dicha información nos cita el artículo de Mª Paz Tejedor que me intento leer pero no puedo acceder a dicho número, solamente veo que existe un artículo en dicho número de dicha revista de Mª Paz Tejedor que se titula así: “Falsas alegaciones de abuso sexual infantil, detección y abordaje pericial”. Pero dado que no puedo acceder a dicha revista ni a dicho artículo para ver la fiabilidad de lo que se dice en este otro pues tengo que buscar yo los datos a ver si es cierto que se abusa de las denuncias por abuso y que además de haber muchas denuncias falsas relacionadas con violencia de género los jueces miran para otro lado como si no fuera con ellos. ¡Lo cual es algo que habrá que demostrar con algo!.

    El segundo párrafo es aún más divertido, en él se dice que como muestra de este problema está el caso de un tal Jose Luís en el que dice que había organizaciones públicas y privadas (no cita cuáles) que se dedican, como en otros casos, (tampoco cita qué otros casos) a luchar para que los hijos no vean a sus padres. ¿Qué organizaciones son éstas? ¿qué caso es ese de ese tal José Luís? ¿cómo acceder a esa información? No se demuestra nada, sólo se dice. Como la página está caída y tampoco puedo acceder al artículo de la revista en el que supuestamente está basada dicha información pues no hay manera de saber eso. Este artículo primero que pones continúa un poco en esa línea. Es imposible averiguar de dónde se saca los datos, empiezo a sospechar que lo hace (y de manera torticera) un poco de la punta del pene así que tendré que buscar yo los datos por mi cuenta. Pero con esto pasa como con muchas otras cosas en la red que hay mucha información y todo el mundo participa para crearla lo cual hace que la veracidad de mucha información sea bastante dudosa. Hay mucha, pero también hay mucha de muy poca calidad. Así que veamos cuántas son esas denuncias falsas por violencia de género y cuántos de esos delitos de denuncias falsas quedan impunes con los jueces haciendo la vista gorda. Busquemos los datos. De momento no sigo con dicho texto porque continúa en la misma línea (cualquier usuario puede comprobarlo; hace continuas referencias a un artículo –un solo artículo- al cual de momento no se puede acceder para poder comprobar ni su veracidad ni en qué datos se basa), luego llega a hablar de Adolf Hitler (un artículo muy serio, jé) y otras cosas más pero de evidencias de lo que se dice cero. Y éste es sólo el primer artículo con el que abres este tema, tema que bombardeas con otros artículos que analizaré en diferentes días me tome el tiempo que me tome, iré poco a poco, pero pienso profundizar y buscar datos. Me parece indignante que tus fuentes sean estas y tengas la valentía y el arrojo de espetar a otros usuarios frases como: “disculpa ¿en q te basas?” y “No se en q tre basas, yo me baso en todo lo q he posteado, reportaje incluido” (mensaje #20) o sea vas de aséptico y de veraz con la información, vas de documentado y la calidad y la veracidad de las cosas que posteas es prácticamente nula (por lo menos hasta el momento). “¿En qué te basas?” preguntabas; ¿y tú? ¿en qué te basas tú?, te pregunto. Estás llenando páginas y páginas con datos de dudosa credibilidad con la esperanza de que nadie se tome el tiempo que me estoy tomando yo para analizarlos concienzudamente y así, como nadie tiene tiempo, tú quedas de que te basas en datos y das la opinión que te salga de las narices sobre un tema tan delicado como este, pero eso se te va a acabar. Hay dos opciones para explicar lo que estás haciendo:

    -O eres un incauto que ha sido engañado con información de dudosa credibilidad y, con muy buenas intenciones pero lamentable resultado, estás contribuyendo a remachar tópicos y bulos que no son ciertos. En cuyo caso te recomiendo que des un paso atrás y comiences a informarte mejor antes de hablar de temas tan delicados como la violencia de género, la opresión de género y este tipo de cosas.

    -O eres un mentiroso con intenciones no muy honestas. En cuyo caso en este foro, a partir de ahora, se te va a acabar el rollo ya que me voy a dedicar a analizar todas y cada una de tus fuentes al respecto.

    Tu maravilloso primer post que abre este tema termina con otro enlace (también caído a día de hoy) de la maravillosa página y que es el siguiente: http://www.secuestro-emocional.org/Noticias/Justicia-Mala-1995.htm

    Ahora voy yo con datos y te voy a citar no sólo las fuentes sino también dónde y cómo buscarlas. No ya para ti, que igual (o igual sí) ni te vas a molestar en analizar, sino para toda aquella persona que pudiera caer en creer que existe poco más que un lobby hembrista que está metiendo en la cárcel a miles de inocentes para cortarles el pito.
    El artículo de dicha revista que se cita en esta joya de la ciencia social de artículo que has colgado aquí data de noviembre del año 2006. Pues bien, vamos a averiguar esos datos de ese año, a ver si es verdad que hay una plaga de abusar de denunciar por maltrato de manera falsa y también que los jueces están haciendo la vista gorda ante semejante plaga:
    De momento la estadística sobre violencia de género del INE (Instituto Nacional de Estadística) se comenzó a elaborar en 2011, no hay datos del 2006. Supongo que el INE es un organismo hembrista opresor según tú, pero es la información más fiable a la que puedo acceder. Claro, podría tirar de muchas más fuentes, supongo, siempre y cuando la veracidad de dicha información me importe tanto como parece importarte a ti (o sea un rábano). Pero vamos a empezar por la última nota de prensa que enlazo aquí de la página del INE (y no de páginas del royo: “acabemos con esas lagartas asesinas.org”) http://www.ine.es/prensa/np906.pdf

    Conclusiones interesantes: aparte de incluir lo más básico como la definición de violencia de género y la de violencia doméstica (en la cual se incluye la violencia dentro del ámbito doméstico realizada por mujeres. Que es que parece que los hombres están desprotegidos ante la ley) incluye también numerosos datos interesantes que podéis comprobar por vosotros mismos porque aquí cito una fuente que creo que tiene más veracidad que las que aporta Snicker pero no incluye NADA sobre ese supuesto problemón de que hay un abuso de denunciar falsamente y además aquí todo el mundo haciendo la vista gorda. Recomiendo a toda persona interesada echar un vistazo a esta fuente antes de echar un vistazo a otras y que saquen sus propias conclusiones, además en el INE se puede acceder a más información, esto, a pesar de arrojar ya mucha más información, más detallada, veraz y de calidad que la fuente de nuestro amigo es sólo una nota de prensa, podéis acceder a todas las bases de datos en: http://www.ine.es/jaxi/menu.do?type=...le=inebase&L=0 y eso sólo por poner un ejemplo.

    Antes de dejarlo por hoy quiero decir algo: hay que tener mucho cuidado, obviamente denuncias falsas hay en TODOS los delitos que existen. Lo que hay que ver es si eso se está haciendo de forma abusiva y si, de hacerse, además de haber muchas denuncias falsas los jueces, sin pruebas, hacen la vista gorda y condenan inocentes (que tiene narices la afirmación y tiene narices las fuentes y tiene narices todo). Y lo peor es que hay últimamente un afloramiento en internet de este tipo de mentiras que hacen mucho daño a un problema que sí que es real. Tened cuidado que todo lo que se vierte en Internet no es cierto, sed cuidadosos con la información.

    Un abrazo y hasta otro día que tenga libre.

  7. #307
    Sólo se vive una vez! Avatar de Riply
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    No entiendo que haya 31 páginas de este tema.

  8. #308
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    Si entras en foros donde participen muchos hombres, practicamente todos están absolutamente convencidos de que españa es una dictadura hembrista, que las mujeres tenemos a los hombres oprimidos y que la ley de viogen es una ley nazi pensada para encarcelar a los hombres inocentes con una sola palabra de ella. Y ade más te lo repiten a la menos oportunidad.
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  9. #309
    Vegano Avatar de David Arnold
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    Cita Iniciado por liebreblanca Ver mensaje
    Si entras en foros donde participen muchos hombres, practicamente todos están absolutamente convencidos de que españa es una dictadura hembrista, que las mujeres tenemos a los hombres oprimidos y que la ley de viogen es una ley nazi pensada para encarcelar a los hombres inocentes con una sola palabra de ella. Y ade más te lo repiten a la menos oportunidad.
    Repetir cualquiera puede repetir lo que le dé la gana, lo que habrá es que demostrarlo con datos fiables y contrastables, no con el primer enlace que me encuentro en google. Que es que la gravedad de las afirmaciones exige un mínimo de seriedad.

  10. #310
    sagatxu
    Guest

    Cita Iniciado por David Arnold Ver mensaje
    Ni toda la oscuridad del mundo podrá acabar con la luz de una sola vela” (cita de tu propia firma).

    En cuanto al primer texto que enlazas (mensaje #1 de este hilo):

    En primer lugar la página de la que extraes la información (secuestro-emocional.org) está caída a día de hoy (19-03-2016), no sé qué problema hay pero no puedo acceder a ella por lo tanto no puedo contrastar viendo la página. No sé qué organización es esa de secuestro emocional.org ni sé su veracidad. No puedo saber en qué datos se basa para hacer la afirmación que hace, a saber: “Las falsas denuncias de maltrato y abusos sexuales en la España de género [¿qué es este concepto de España de género?], se revelan, cada vez más, como un instrumento de persecución política contra los varones” [toma ya]. No puedo comprender varias cosas, como por ejemplo en qué se basa el autor de dicho artículo para decir que existe una persecución de carácter político contra los varones por el hecho de ser varones (¿?). Persecución política que se manifiesta al parecer en las denuncias falsas por maltrato y abusos sexuales. Este tipo de afirmaciones, habrá que demostrarlas, digo yo. El artículo continúa diciendo en su primer párrafo queMª Paz Tejedor, psicóloga forense, en la revista de Jueces para la Democracia, en su nº Nº 57 de Noviembre de 2006, denuncia el abuso de las denuncias de abuso y la pasividad judicial frente a las denuncias falsas de género”. Es decir, que se dicen dos cosas:

    1º: que existe un abuso de las denuncias por abuso. Supongo que se refiere con que se abusa a que se denuncia de forma falsa y se denuncia cuando no hay abuso.
    2º: que existe una pasividad judicial frente a dichas denuncias falsas. Lo cual quiere decir que no sólo hay muchas denuncias falsas sino que además los jueces vuelven la cara ante éstas y no hacen nada.

    Sin embargo el artículo ni demuestra el punto uno ni demuestra el punto dos, se limita a decirlo y como prueba de la veracidad de dicha información nos cita el artículo de Mª Paz Tejedor que me intento leer pero no puedo acceder a dicho número, solamente veo que existe un artículo en dicho número de dicha revista de Mª Paz Tejedor que se titula así: “Falsas alegaciones de abuso sexual infantil, detección y abordaje pericial”. Pero dado que no puedo acceder a dicha revista ni a dicho artículo para ver la fiabilidad de lo que se dice en este otro pues tengo que buscar yo los datos a ver si es cierto que se abusa de las denuncias por abuso y que además de haber muchas denuncias falsas relacionadas con violencia de género los jueces miran para otro lado como si no fuera con ellos. ¡Lo cual es algo que habrá que demostrar con algo!.

    El segundo párrafo es aún más divertido, en él se dice que como muestra de este problema está el caso de un tal Jose Luís en el que dice que había organizaciones públicas y privadas (no cita cuáles) que se dedican, como en otros casos, (tampoco cita qué otros casos) a luchar para que los hijos no vean a sus padres. ¿Qué organizaciones son éstas? ¿qué caso es ese de ese tal José Luís? ¿cómo acceder a esa información? No se demuestra nada, sólo se dice. Como la página está caída y tampoco puedo acceder al artículo de la revista en el que supuestamente está basada dicha información pues no hay manera de saber eso. Este artículo primero que pones continúa un poco en esa línea. Es imposible averiguar de dónde se saca los datos, empiezo a sospechar que lo hace (y de manera torticera) un poco de la punta del pene así que tendré que buscar yo los datos por mi cuenta. Pero con esto pasa como con muchas otras cosas en la red que hay mucha información y todo el mundo participa para crearla lo cual hace que la veracidad de mucha información sea bastante dudosa. Hay mucha, pero también hay mucha de muy poca calidad. Así que veamos cuántas son esas denuncias falsas por violencia de género y cuántos de esos delitos de denuncias falsas quedan impunes con los jueces haciendo la vista gorda. Busquemos los datos. De momento no sigo con dicho texto porque continúa en la misma línea (cualquier usuario puede comprobarlo; hace continuas referencias a un artículo –un solo artículo- al cual de momento no se puede acceder para poder comprobar ni su veracidad ni en qué datos se basa), luego llega a hablar de Adolf Hitler (un artículo muy serio, jé) y otras cosas más pero de evidencias de lo que se dice cero. Y éste es sólo el primer artículo con el que abres este tema, tema que bombardeas con otros artículos que analizaré en diferentes días me tome el tiempo que me tome, iré poco a poco, pero pienso profundizar y buscar datos. Me parece indignante que tus fuentes sean estas y tengas la valentía y el arrojo de espetar a otros usuarios frases como: “disculpa ¿en q te basas?” y “No se en q tre basas, yo me baso en todo lo q he posteado, reportaje incluido” (mensaje #20) o sea vas de aséptico y de veraz con la información, vas de documentado y la calidad y la veracidad de las cosas que posteas es prácticamente nula (por lo menos hasta el momento). “¿En qué te basas?” preguntabas; ¿y tú? ¿en qué te basas tú?, te pregunto. Estás llenando páginas y páginas con datos de dudosa credibilidad con la esperanza de que nadie se tome el tiempo que me estoy tomando yo para analizarlos concienzudamente y así, como nadie tiene tiempo, tú quedas de que te basas en datos y das la opinión que te salga de las narices sobre un tema tan delicado como este, pero eso se te va a acabar. Hay dos opciones para explicar lo que estás haciendo:

    -O eres un incauto que ha sido engañado con información de dudosa credibilidad y, con muy buenas intenciones pero lamentable resultado, estás contribuyendo a remachar tópicos y bulos que no son ciertos. En cuyo caso te recomiendo que des un paso atrás y comiences a informarte mejor antes de hablar de temas tan delicados como la violencia de género, la opresión de género y este tipo de cosas.

    -O eres un mentiroso con intenciones no muy honestas. En cuyo caso en este foro, a partir de ahora, se te va a acabar el rollo ya que me voy a dedicar a analizar todas y cada una de tus fuentes al respecto.

    Tu maravilloso primer post que abre este tema termina con otro enlace (también caído a día de hoy) de la maravillosa página y que es el siguiente: http://www.secuestro-emocional.org/Noticias/Justicia-Mala-1995.htm

    Ahora voy yo con datos y te voy a citar no sólo las fuentes sino también dónde y cómo buscarlas. No ya para ti, que igual (o igual sí) ni te vas a molestar en analizar, sino para toda aquella persona que pudiera caer en creer que existe poco más que un lobby hembrista que está metiendo en la cárcel a miles de inocentes para cortarles el pito.
    El artículo de dicha revista que se cita en esta joya de la ciencia social de artículo que has colgado aquí data de noviembre del año 2006. Pues bien, vamos a averiguar esos datos de ese año, a ver si es verdad que hay una plaga de abusar de denunciar por maltrato de manera falsa y también que los jueces están haciendo la vista gorda ante semejante plaga:
    De momento la estadística sobre violencia de género del INE (Instituto Nacional de Estadística) se comenzó a elaborar en 2011, no hay datos del 2006. Supongo que el INE es un organismo hembrista opresor según tú, pero es la información más fiable a la que puedo acceder. Claro, podría tirar de muchas más fuentes, supongo, siempre y cuando la veracidad de dicha información me importe tanto como parece importarte a ti (o sea un rábano). Pero vamos a empezar por la última nota de prensa que enlazo aquí de la página del INE (y no de páginas del royo: “acabemos con esas lagartas asesinas.org”) http://www.ine.es/prensa/np906.pdf

    Conclusiones interesantes: aparte de incluir lo más básico como la definición de violencia de género y la de violencia doméstica (en la cual se incluye la violencia dentro del ámbito doméstico realizada por mujeres. Que es que parece que los hombres están desprotegidos ante la ley) incluye también numerosos datos interesantes que podéis comprobar por vosotros mismos porque aquí cito una fuente que creo que tiene más veracidad que las que aporta Snicker pero no incluye NADA sobre ese supuesto problemón de que hay un abuso de denunciar falsamente y además aquí todo el mundo haciendo la vista gorda. Recomiendo a toda persona interesada echar un vistazo a esta fuente antes de echar un vistazo a otras y que saquen sus propias conclusiones, además en el INE se puede acceder a más información, esto, a pesar de arrojar ya mucha más información, más detallada, veraz y de calidad que la fuente de nuestro amigo es sólo una nota de prensa, podéis acceder a todas las bases de datos en: http://www.ine.es/jaxi/menu.do?type=...le=inebase&L=0 y eso sólo por poner un ejemplo.

    Antes de dejarlo por hoy quiero decir algo: hay que tener mucho cuidado, obviamente denuncias falsas hay en TODOS los delitos que existen. Lo que hay que ver es si eso se está haciendo de forma abusiva y si, de hacerse, además de haber muchas denuncias falsas los jueces, sin pruebas, hacen la vista gorda y condenan inocentes (que tiene narices la afirmación y tiene narices las fuentes y tiene narices todo). Y lo peor es que hay últimamente un afloramiento en internet de este tipo de mentiras que hacen mucho daño a un problema que sí que es real. Tened cuidado que todo lo que se vierte en Internet no es cierto, sed cuidadosos con la información.

    Un abrazo y hasta otro día que tenga libre.
    El último párrafo es lo que más me preocupa. Por culpa de estas falacias, muchas mujeres se ven desprotegidas, se las mira con lupa y se las trata mal, hasta el punto de que se niegan a denunciar. Una de las asesinadas pidió una orden de alejamiento y se le negó.
    La asesinaron a tiros por la calle. Y esto es absolutamente real.
    Cuando hablas con la gente de este tema, de repente todo el mundo conoce a algún hombre denunciadoy falsamente por la harpia de su mujer. No se como pueden esperar que confiese que maltrata a su mujer, y le creen sin dudar, ella no se merece ese beneficio.
    Cuando si son conscientes de que hay maltrato, si miran hacia otro lado (Mira!, como los jueces).
    Y continuan asesinando mujeres.
    Los tipejos estos de GenMan, piden que las penas por asesinatos sean las mismas. No saben que lo son, no saben que la ley Viogen del 2004, se aprobó por unanimidad en el Congreso, no saben que su fin era poder actuar cuando una mujer iba a denunciar un maltrato con una mano marcada en la cara, la policia no podía hacer nada. Estamos hablando del 2004. Cuánto sufrimiento han sufrido esas mujeres sin tener nada que las protegiera. El terrible caso de Ana Orantes. Pero nada como los del síndrome de Cecilia, los de " y los hombres qué", siguen con sus cosas. Y mientras suguimos contando. Que vergüenza
    Última edición por sagatxu; 20-mar-2016 a las 00:28

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