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Un vacío 'bestial' en la ley europea

Aitor Hernández-Morales | Madrid
Actualizado lunes 08/02/2010 05:58 horas


Cuando el Parlamento holandés aprobó la prohibición del bestialismo -el acto de mantener relaciones sexuales con un animal- la semana pasada, la prensa europea se hizo eco del hecho con sarcasmo y burlas. Der Spiegel anunció despectivamente que los holandeses «por fin» habían ilegalizado la práctica. En España varias cadenas de radio y televisión relataban la noticia con un tono de medio-asombro que parecía insinuar que se trataba de otra costumbre rara de esa gente tan extraña del norte.

Pese a las críticas, parece que al final los holandeses son los raros de Europa, pero únicamente por el hecho de que hayan prohibido el bestialismo. Aunque el Reino Unido y Francia tienen leyes en contra del acto, en gran parte de Europa todavía es perfectamente legal, incluso en países tan civilizados como Alemania, Suiza, Dinamarca, Bélgica... y España.

España destaca no sólo por permitir la zoofilia, sino también por ser -junto a Suecia- uno de los únicos países de la Unión Europea que también admite la producción y distribución de pornografía de este género. Con la aprobación de la ley en los Países Bajos, Madrid de pronto se ha convertido en una ciudad más licenciosa que Amsterdam; a escasos pasos de la Puerta del Sol uno puede conseguir DVDs que han quedado prohibidos en esa capital europea del sexo. Entre los títulos que se pueden apreciar en cualquier sex-shop de la calle Montera: 'Mr. Dog'; 'Jugué con un poni dentro de mí'; y 'Animal Kingdom', película que promete escenas de sexo entre humanos y gatos, vacas... incluso una culebra.

Al igual que en Suecia, existe un vacío legal en España en lo referente al bestialismo: las leyes de ambos países simplemente no contemplan el asunto. El artículo 632 del código penal español hace referencia al maltrato de animales pero estipula que éste tendría que ser «cruel», distinción difícilmente demostrable en el contexto de la zoofilia.
¿Necesidad o disparate?

«La verdad es que nunca se nos ha planteado un caso directamente ligado al bestialismo, pero naturalmente nos parece una barbaridad que se permita», declaró a EL MUNDO.es Ignacio Paunero, presidente de El Refugio, una de las asociaciones de protección y defensa de los animales más importantes de España. «Es obvio que se tiene que promulgar una ley que lo prohíba». Sin embargo, Enrique Gimbernat, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Complutense de Madrid, considera que semejante legislación constituiría «un auténtico disparate».

«Sería absurdo tratar el asunto. El derecho penal se pronuncia claramente sobre lo que constituyen crímenes sexuales -relaciones con menores de edad, personas incapaces, etc.-, pero un animal no es un bien jurídico, no tiene derechos legales. Y lo que están haciendo esta gente con los animales nos puede gustar más o menos, pero no constituye tortura. Si no hay daño al animal, ¿qué se pretende denunciar precisamente?», pregunta el experto. «Este acto no tiene víctima. Es un tema moral, y el derecho no está para proteger la moralidad. En la época medieval seguro que hubo alguna ley sobre el tema, y en el siglo XIX se promulgaron leyes contra ello fuera de España, pero aquí, en la época moderna, nunca. Ni en la Constitución de 1812, ni en la de 1948... ¡Ni siquiera en época de Franco!», explica Gimbernat.

«Le puede parecer bien o mal como individuo, pero mientras no haya víctima jurídica el ciudadano puede hacer lo que quiera con su vida sexual. Esto es como el adulterio, o como el tema de homosexualidad para los sectores más conservadores. ¿Quiénes somos nosotros para prohibirlo?».